Reforma Reglamento de Crédito Préstamos Personales Régimen de Capitalización Colectiva, de 26 de Junio de 2014

EmisorJunta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

JUNTA DE PENSIONES Y JUBILACIONES

DEL MAGISTERIO NACIONAL

MODIFICACIONES AL REGLAMENTO

DE CRÉDITOS PERSONALES

Según acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, en la Sesión Ordinaria número 072-2014, celebrada el 26 de junio de 2014, se aprueba realizar las siguientes modificaciones al Reglamento de Créditos Personales:

Artículo 6°-De las condiciones de los créditos. Las condiciones para el financiamiento de los préstamos personales son las siguientes:

Programa

Plazo

máximo

Monto de financiamiento

Tasa de interés

Préstamos personales

12 años

Hasta ¢15.000.000,00 en cada una de las líneas de crédito de este programa.

Ajustable. Se tomará como referencia la tasa básica pasiva bruta o la Inflación emitida por el Banco Central de Costa Rica (la más alta de ambas) más el Diferencial Ganancia Actuarial y otras variables.

Línea

Plazo

máx.

Monto de financiam.

Tasa de interés

Préstamos personal CrediEstudio

6 años

Hasta ¢6.000.000,00

Ajustable. Se tomará como referencia la tasa básica pasiva bruta o la Inflación emitida por el Banco Central de Costa Rica (la más alta de ambas) más el Diferencial Ganancia Actuarial y otras variables.

Línea

Plazo

máximo

Monto de

financiam.

Tasa de interés

Préstamos personal CrediTurismo

5 años

Hasta ¢5.000.000,00

Ajustable. Se tomará como referencia la tasa básica pasiva bruta o la Inflación emitida por el Banco Central de Costa Rica (la más alta de ambas) más el Diferencial Ganancia Actuarial y otras variables.

Línea

Plazo

máximo

Monto de

financiam.

Tasa de interés

Préstamos personal CrediMarchamo

1 año

Hasta ¢500.000

Ajustable. Se tomará como referencia la tasa básica pasiva bruta o la Inflación emitida por el Banco Central de Costa Rica (la más alta de ambas) más el Diferencial Ganancia Actuarial y otras variables.

Línea

Plazo

máx.

Monto de

financiam.

Tasa de interés

Préstamos personal CrediElectrónico

3 años

Hasta ¢1.000.000.00

Ajustable. Se tomará como referencia la tasa básica pasiva bruta o la Inflación emitida por el Banco Central de Costa Rica (la más alta de ambas) más el Diferencial Ganancia Actuarial y otras variables.

La tasa de interés se revisará en forma trimestral.

CAPÍTULO III

Requisitos

Artículo 7°-De los requisitos de los préstamos personales.

  1. Completar la solicitud de crédito.

  2. El solicitante deberá aportar una constancia emitida por su patrono, donde se detallen los salarios nominales y líquidos de los últimos tres meses. Solo se considerará el ingreso fijo que reporte su patrono como servidor del Magisterio Nacional. Para efectos de análisis de capacidad de pago, no se considerarán los "plus salariales" que no sean permanentes. En el caso de los jubilados y pensionados, la constancia será emitida por la Junta de Pensiones, así como en los casos de trabajadores del Ministerio de Educación Pública cuando se tenga acceso a esa información.

  3. Tener un salario líquido superior o igual al monto de la cuota estresada del crédito requerido, multiplicada por dos.

  4. Presentar fotocopia de la cédula de identidad vigente (por ambos lados).

  5. Presentar el Reporte de Información Crediticia emitido por alguna de las entidades supervisadas por la SUGEF, con el fin de evaluar el comportamiento de pago histórico del solicitante.

  6. Aportar el número de una cuenta cliente donde se le podría realizar el depósito del monto otorgado. No aplica para jubilados y pensionados.

  7. Los fiadores y/o codeudores, deben ser trabajadores en servicio, con nombramiento en propiedad, jubilados o pensionados por derecho propio, del Magisterio Nacional cuyos líquidos sean superiores al 150% del monto de la cuota estresada del crédito, según corresponda, los cuales deberán cumplir con los mismos requisitos establecidos en los incisos b., d., y e. de este artículo. Previo análisis de la Unidad de Crédito, se rechazarán aquellos deudores y fiadores que tengan una mala o deficiente calificación crediticia...

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