Reforma Trámite de legalización y reposición de libros de actas y contables que deben ser presentados por los organismos cooperativos al Área de Supervisión Cooperativa, de 4 de Junio de 2014

EmisorInstituto Nacional de Fomento Cooperativo

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

Modificación al punto N° 4 del procedimiento denominado "Requisitos Generales para la Legalización de Libros", en la forma presentada por Supervisión Cooperativa, como a continuación se detalla:

4) Se autoriza el uso de hojas sueltas en los libros de Actas, siempre y cuando las hojas por legalizar se presenten debidamente foliadas con el número consecutivo en la esquina superior derecha, con la impresión tanto de la razón social como del número de cédula de persona Jurídica de la cooperativa en uno o ambos lados, según vaya a utilizarse a la hora de Imprimir. Es nuestra recomendación que también se identifique cada hoja con el nombre del órgano social respectivo. Para efectos prácticos, así como de conservación y manejo de los libros en hojas sueltas, la cantidad de este tipo de hojas a legalizar se restringe a un número máximo de quinientos folios, salvo la excepción indicada en el último párrafo del presente punto; entendiéndose que cada libro debe iniciar...

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