Sentencia nº 00472 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección X, de 30 de Noviembre de 2011

PonentePablo Zeledón Hernández
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2011
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección X
Número de Referencia11-000761-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoJerarquía impropia

Expediente: 11-000761-1027-CA Recurrente:W.H.B. Recurrido: Municipalidad de Alajuela Resolución 472-2011 TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN TERCERA Segundo Circuito Judicial de San José, Anexo A, C.B., Goicoechea, a las catorce horas cinco minutos del treinta de noviembre del dos mil once.

Conoce este Tribunal, en su condición de jerarca impropio, del recurso de apelación interpuesto por W.H.B., mayor de edad, casado, comerciante, con cédula de identidad número 0-000-000, arrendatario del local número 85 del Mercado Municipal de Alajuela , contra el acuerdo adoptado por el Concejo de esa corporación local, en el artículo 12, Capítulo V de la sesión ordinaria número 51-10, del veintiuno de diciembre del dos mil diez, comunicado por oficio MA-EX-1077-2010, del veintitrés de diciembre del dos mil diez.

Redacta la J.Q.M., y; CONSIDERANDO:

I. DE LOS HECHOS PROBADOS.- Para la resolución de este asunto, se tiene por debidamente acreditado el siguiente elenco: 1.) Que en acuerdo adoptado en el Artículo Noveno, Capítulo Sétimo de la sesión ordinaria número 51-2009, del veintiuno de diciembre del dos mil nueve, el Concejo Municipal de Alajuela dispuso aprobar la recalificación de tarifas de alquiler del Mercado Municipal de ese cantón para el quinquenio dos mil diez dos mil catorce (por referencia Oficio Nº 085-MM-2010 del 06 de enero de 2010, folio 30). 2.) Que en Oficio Nº 085-MM-2010 del seis de enero de dos mil diez la Alcaldesa de Alajuela informa al locatario del local 99 del Mercado Municipal de Alajuela, que a partir del mes de enero de dos mil diez, le corresponde pagar en concepto del alquiler, la suma de catorce mil doscientos noventa y seis colones con cincuenta céntimos (¢14.296.50) mensuales, que deberán ser pagados por adelantado. Esta decisión le es notificada al señor W.H.B. en el local Nº85 el dieciocho de enero de dos mil diez (folio 31). 3.) Que en Oficio Nº MA-AEX-1077-2010 del 23 de diciembre de 2010 el Presidente del Concejo Municipal y entonces Alcalde en ejercicio, indicó al inquilino del local 85 entre otros aspectos, lo siguiente: "De igual forma, mediante acuerdo tomado en el Artículo 12 del Capítulo V de la Sesión Ordinaria 51-10, celebrada el 21 de diciembre de 2010, el Concejo Municipal aprueba la resolución de la Alcaldía Municipal de las trece horas del 21 de diciembre de 2010, en la cual se ratifican las nuevas tarifas aplicando un procedimiento de cálculo según el caso de cada inquilino...

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