Sentencia nº 00229 de Tribunal Segundo Civil, Sección I, de 24 de Julio de 2013

PonentePatricia Molina Escobar
Fecha de Resolución24 de Julio de 2013
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección I
Número de Referencia09-000132-0181-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

Expediente N° 09-000132-0181-CI ACT: () ATKINSON HOLDINGS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

FAX:22-62-26-48 C Elect: cjsgsa@ice.co.cr DEMS: () FOMENTO URBANO, SOCIEDAD ANÓNIMA y VIVIENDAS DEL SUR, SOCIEDAD ANÓNIMA.

FAX: 22-56-52-62 O AL C Elect: notificaciones@weinstok.co.cr para el licenciado U.W..

_________________________________________________________ N° 229 TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN PRIMERA.- S.J., a las diez horas treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil trece.

Proceso ORDINARIO tramitado en el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE MAYOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ, bajo el número de expediente 09-000132-0181-CI, por ATKINSON HOLDINGS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; representada por su apoderado generalísimo sin límite de suma R.E., de nacionalidad canadiense, mayor, casado, empresario, con cédula de residencia 3033712501000318, vecino de Heredia, contra FOMENTO URBANO, SOCIEDAD ANÓNIMA y VIVIENDAS DEL SUR, SOCIEDAD ANÓNIMA; representada por su apoderada generalísima sin límite de suma señorita Guita Weinstock Wolfowicz, mayor, viuda, comerciante, con cédula de identidad 2-191-222, vecina de San José. Intervienen la licenciada X.L.S.G. y los licenciados L.A.Z., U.W.M. y J.P.R.B., como apoderados especiales judiciales, los dos primeros de la actora y los dos últimos de las codemandadas.

RESULTANDO:

1.- El licenciado M.Á.R.A., Juez del Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía de San José, en sentencia dictada a las quince horas diez minutos del cuatro de julio del dos mil doce, resolvió: " POR TANTO :

Se rechazan los incidentes de documentos extemporáneos presentados por las demandadas.- En cuanto a los extremos petitorios 1), 2), A, B, C, y D, se acogen las defensas de falta de derecho y caducidad opuestas por las demandadas, omitiéndose pronunciamiento en cuanto a las demás defensas opuestas por innecesario.- Y en cuanto al extremo petitorio E, se acoge la falta de legitimación activa opuesta por las accionadas.- Consecuentemente se declara sin lugar en todos sus extremos la presente demanda ordinaria promovida por ATKINSON HOLDINGS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra FOMENTO URBANO SOCIEDAD ANÓNIMA y VIVIENDAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA.- Son ambas costas a cargo de la actora.- NOTIFÍQUESE.- " (Sic).- 2.- De dicho fallo conoce este Tribunal en virtud de apelación interpuesta por la licenciada X.L.S.G. en su calidad de co-apoderada especial judicial de la parte actora. En el procedimiento...

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