Sentencia nº 00963 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 26 de Mayo de 2014

PonenteAna Isabel Solís Zamora
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2014
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia11-000478-0070-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución: 2014-0963 Expediente: 11-000478-0070-PE( 10) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL .

Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las dieciocho horas veinte minutos, del veintiséis de mayo de dos mil catorce.- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra [Nombre 001], [...], por el delito de ESTAFA, en perjuicio de [Nombre 003] .

Intervienen en la decisión del recurso, la jueza A.I.S.Z., la co-jueza A.L.J.R. y el co-juez J.C.B.. Se apersonó en esta sede la licenciada J.A.W., Abogada de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima.

RESULTANDO:

I.- Que mediante sentencia número 06-S-2014, de las dieciséis horas, del veinticuatro de enero de dos mil catorce, el Tribunal Penal de Juicio del segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, S.S., resolvió: "POR TANTO: Razones dichas, reglas de la sana critica racional, y artículos 39 y 41 de la Constitución Politica, 1, 30, siguientes y concordantes y 216 inciso 1), todos del Código Penal, 111 a 124, 267, 360 a 366 del Código Procesal Penal, EN APLICACIÒN DEL PRINCIPIO INDUBIO PRO REO, se absuelve de responsabilidad penal a [Nombre 001], por el delito de ESTAFA que se le siguió como cometido en daño de [Nombre 003]. Asimismo, se desestima la acción civil interpuesta por el ofendido [Nombre 003], representado por la oficina de la Defensa Civil de la Víctima.

Se resuelve sin especial condena en costas, tanto en lo penal como en lo civil. Notifíquese por lectura.

(sic )" .

II.- Que contra el anterior pronunciamiento, la licenciada J.A.W., Abogada de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima, interpuso recurso de apelación.

III.- Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 465 del Código de Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso de apelación.

IV.- Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes.

Redacta la jueza de Apelación de Sentencia Solís Zamora; y, CONSIDERANDO:

I.- En memorial visible de folio 189 a 196, la licenciada J.A.W., abogada de la Oficina de Defensa Civil de la Víctima, interpone recurso de apelación contra la resolución número 06-S-2014, de las 16:00 horas del 24 de enero de 2014, emitida por el Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Sede Siquirres, en el tanto absolvió a la imputada por el delito de estafa. En el...

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