Sentencia nº 00026 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, de 24 de Febrero de 2014

PonenteNo indica redactor
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2014
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz
Número de Referencia12-000677-0939-VD
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSolicitud de prórroga de medidas cautelares

VOTO 26-14 TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE GUANACASTE. Santa Cruz, a las catorce horas treinta y cinco minutos de veinticuatro de febrero de dos mil catorce.

Vista la solicitud planteada por la licenciada L.L.R., representante del Ministerio Público, para que se prorrogue de forma extraordinaria la medida cautelar de prisión preventiva del imputado N, se resuelve:

RESULTANDO 1. La fiscalía solicita se prorrogue la medida cautelar de prisión preventiva del encartado N por seis meses más. (ver solicitud de folios 59 a 60 del legajo de medida cautelar.) 2. Sobre la solicitud planteada se otorgó la audiencia respectiva a las partes.

  1. Se resuelve la presente solicitud dentro del plazo legal .

CONSIDERANDO SOBRE COMPETENCIA:

La competencia de este Tribunal para conocer la prórroga de la prisión preventiva la otorga el Código Procesal Penal, una vez que hayan vencido los plazos ordinarios. En resolución previa de este mismo Tribunal de apelación, pero con distinta integración, mediante voto 05-14, sobre este aspecto se indicó: “En el presente caso, la medida cautelar de prisión preventiva se impuso mediante Voto N. 311-2012 dictado por el Tribunal de Juicio del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, sede Liberia, a las 14:50 horas de 24 de agosto de 2012 por el plazo de dos meses (f. 19 legajo de medidas cautelares). Esa medida fue prorroga mediante diversas resoluciones del Juzgado Penal de ese mismo circuito judicial, a saber: 14:15 horas de 23 de octubre de 2012 por el plazo de dos meses, 09:35 horas de 20 de diciembre de 2012 por tres meses (f.34 legajo medidas cautelares), 13:30 horas de 22 de marzo de 2013 con fecha de vencimiento 24 de abril de 2013, pese a que se consignó que se prorrogaban por dos meses (f. 41 legajo de medidas cautelares), 10:30 horas de 23 de abril de 2013 por el plazo de dos meses (acta da audiencia preliminar de f. 66 del expediente principal, 10:54 horas de 19 de junio de 2013 por dos meses con fecha de vencimiento 24 de agosto de ese año. Posteriormente se celebró juicio oral y a las 16:00 horas de 30 de julio recayó sentencia condenatoria, con la cual se ordenó la prórroga de la prisión preventiva por seis meses hasta el 24 de febrero de 2014 (folios 118 y 119). Como se observa la medida cautelar de prisión preventiva se impuso el 24 de agosto de 2012 y se prorrogó por diversas resoluciones hasta el 30 de julio de 2013, día en el cual se dictó sentencia. La...

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