Sentencia nº 00521 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 19 de Marzo de 2014

PonenteEdwin Salinas Durán
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2014
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia05-004060-0042-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución: 2014-0521 Expediente: 05-004060-0042 -PE (9) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.

Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las once horas del diecinueve de marzo de dos mil catorce.

RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos en la presente causa seguida contra J, […] , y contra L, […], por los delitos de ASOCIACIÓN ILÍCITA, FRAUDE INFORMÁTICO, USO DE DOCUMENTO FALSO en perjuicio de C. y OTROS. Intervienen en la decisión del recurso, los jueces E.S.D., J.L.A.V., y la jueza K.J.F.. Se apersonaron en esta sede, el imputado L, con el patrocinio del licenciado J.A.M.O.; el imputado J en lo personal; y el licenciado Allan Cerdas Rojas, defensor público del acusado J; y el licenciado A.S.Z., en representación del Ministerio Público, y RESULTANDO :

1. Que mediante sentencia número 583-2013 de las 14:00 horas del 19 de setiembre de 2013, el Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, P., resolvió: " POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto, artículos 28, 36, 39 y41 de la Constitución Política; artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos y Civiles y Políticos; artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; artículos 1, 4, 17, 18, 20, 30, 45, 50, 51, 59, 60, 61,71, 77, 76, 110 y 217 bis, 281, 375 del Código Penal, artículos 1, 2, 6 al 9, 16, 45, 141 al 144, 180 al 184, 258, 265, 324, 326, 341, 343, 360, 363, 365, 366 y 367 del Código Procesal Penal, POR VOTO UNÁNIME de este Tribunal de Juicio, se RESUELVE: En causa numero 05-004060-42-PE: se declara a J , autor responsable de dos delitos del FRAUDE INFORMÁTICO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta número […], por el que se le impone la pena de dos años por cada uno de ellos y en aplicación de la regla prevista para el delito continuado, se aumenta a esta pena de dos años un tanto igual a la pena impuesta para una la pena total de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN; SIETE DELITOS DE FRAUDE INFORMÁTICO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta nùmero […] por el que se le impone la pena de dos años por cada uno de ellos y en aplicación de la regla prevista para el delito continuado se aumenta a esta pena de dos años un tanto igual a la pena impuesta para una pena total de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN y TRECE DELITOS DE FALSIFICACIÓN DE VALORES EQUIPARADOS A MONEDA, cometidos en concurso material por lo que se le impone la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN por cada uno de ellos, para un total de TREINTA Y NUEVE AÑOS DE PRISIÓN; se declara J , autor responsable de un delito de FRAUDE INFORMÁTICO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta […] por lo que se le impone la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN; En causa número 08-007054-42.PE, se declara a J, autor responsable de 6 DELITOS CONTINUADOS de FRAUDE INFORMATIVO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta […] por el que se le impone la pena de dos años por cada uno de ellos y en aplicación de la regla prevista para el delito continuado se aumenta a esta pena de dos años un tanto igual a la pena impuesta para una pena total de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN; CUATRO DELITOS CONTINUADOS DE FRAUDE INFORMÁTICO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta […] por el que se le impone la pena de dos años por cada uno de ellos y en aplicación de la regla prevista para el delito continuado se aumenta a esta pena de dos años un tanto igual a la pena impuesta para una pena total de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN; se declara a L , autor responsable de DOS DELITOS CONTINUADOS de FRAUDE INFORMATIVO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta […] por el que se le impone la pena de UN AÑO DE PRISIÓN por cada uno de ellos y en aplicación de la regla prevista para el delito continuado se aumenta a esta pena, dos meses mas de prisión para una pena total de UN AÑO Y DOS MESES DE PRISIÓN; OCHO DELITOS CONTINUADOS de FRAUDE INFORMATIVO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta […] por el que se le impone la pena de UN AÑO DE PRISIÓN por cada uno de ellos y en aplicación de la regla prevista para el delito continuado se aumenta a esta pena dos meses mas de prisión para una pena total de UN AÑO Y DOS MESES DE PRISIÓN; TRES DELITOS CONTINUADOS de FRAUDE INFORMATIVO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta […] por el que se le impone la pena de UN AÑO DE PRISIÓN por cada uno de ellos y en aplicación de la regla prevista para el delito continuado se aumenta a esta pena dos meses mas de prisión para una pena total de UN AÑO Y DOS MESES DE PRISIÓN; CUATRO DELITOS CONTINUADOS de FRAUDE INFORMATIVO en perjuicio de C. Y OTROS, relacionado con la tarjeta […] por el que se le impone la pena de UN AÑO DE PRISIÓN por cada uno de ellos y en aplicación de la regla prevista para el delito continuado se aumenta a esta pena dos meses mas de prisión para una pena total de UN AÑO Y DOS MESES DE PRISIÓN; Se declara a A autor responsable de un delito de FRAUDE INFORMÁTICO en perjuicio de C. Y OTROS relacionado con la tarjeta nùmero […] por lo que se le impone la pena de UN AÑO DE PRISIÓN y un delito de FRAUDE INFORMÁTICO en perjuicio de C. Y OTROS relacionado con la causa nùmero […], por lo que se le impone el tanto de UN AÑO de prisión, ambos cometidos en concurso material por lo que se le impone un total de DOS AÑOS DE PRISIÓN. La suma de los delitos los delitos inculpados al imputado J tanto de la causa 05-004060-42-PE y la causa 08-007054-42.PE, da como resultado la pena de 55 años de prisión, los cuales se reducen en aplicación de las reglas de penalidad del concurso material a un total de DOCE AÑOS DE PRISIÓN; La suma de los delitos los delitos inculpados al imputado L, da como resultado la pena de cuatro años y ocho meses de prisión, los cuales se reducen en aplicación de las reglas de penalidad del concurso material a un total de TRES AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN. A los imputados A y L por cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 59 del Código Penal, se les otorga el beneficio de ejecución condicional de la pena por el término de tres años, plazo en el cual si cometen un nuevo delito penado con pena de mas de seis meses de prisión, se les revocará el beneficio otorgado. En causa 05-004060-42-PE por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad a J de 206 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de C. Y OTROS; por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad a J de 50 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de C. Y OTROS; por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad a L de 51 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITAS en perjuicio de C. Y OTROS. En causa número 08-007054-42.PE por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad a J de 196 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de C. Y OTROS; A L, por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad de 42 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de C. Y OTROS; a A, por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad de 22 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de C. Y OTROS; a C por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad de 59 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de C. Y OTROS; a O por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad de 147 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de C. Y OTROS; a G, por el principio de in dubio pro reo se absuelve de toda pena y responsabilidad de 46 delitos de FRAUDE INFORMÁTICO y un delito de ASOCIACIÓN ILÍCITA en perjuicio de C. Y OTROS. La penas de prisión aquí impuestas las deberàn descontar los imputados de acuerdo a lo que dispongan los reglamentos penitenciarios, previo abono de la preventiva sufrida. En cuanto a la evidencia decomisada referida a la herramienta del Taller Mecánico y que son instrumentos utilizados para realizar trabajos mecánicos se ordena devolver la misma el imputado J. Sobre la evidencia relacionada con todo el equipo decomisado al imputado J tanto en la causa del año 2005, como la del 2008, que se utilizo para la clonación de tarjetas se ordena el comiso del mismo y su donación al Organismo de Investigación Judicial para fines didácticos. Por no reunir los requisitos necesarios los imputados J y L, en tanto que la condenatoria que se impone es superior a los tres años de prisión no se les otorga a los aquí encartados el beneficio de ejecución condicional de la pena. Considerando la sentencia condenatoria de doce años de prisión que ha recaído contra J, de conformidad con la norma del artículo 258 del Código Procesal Penal, y en virtud de que no se han modificado las razones que motivaron la imposición de la medida de prisión preventiva y que se debe garantizar la ejecución de la Ley Penal Sustantiva evitando la fuga del imputado, se prórroga la medida de prisión preventiva por el término de seis meses mas, propiamente desde el 19 de setiembre del 2013 al 19 de marzo del 2014. En cuanto a los imputados L, P no es necesario dictar prisión preventiva al habérseles concedido el beneficio de Ejecución condicional y en cuanto al imputado L, no se considera necesaria la medida de prisión preventiva para mantenerlo sujeto al proceso. Se resuelve ese este asunto sin especial condenatoria en costas quedando a cargo del Estado los gastos del proceso. Firme la sentencia inscríbase en el Registro Judicial y remítanse los testimonios de estilo para ante el Instituto Nacional de Criminología y el Juzgado de Ejecución de la Pena. Oportunamente archívese el expediente. HÁGASE SABER. L.. F.A.S.Z.. Licda. L.C.C.. L.. J.P.A.C.. JUECES DE JUICIO " (sic).

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