Sentencia nº 00083 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 21 de Enero de 2014

PonenteLigia Arias Alegría
Fecha de Resolución21 de Enero de 2014
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia12-001647-0059-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoSolicitud de prórroga de medidas cautelares

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución: 2014-0083 Expediente: 12-001647-0059-PE (1) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.

Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las once horas diez minutos, del veintiuno de enero de dos mil catorce Vistas las presentes diligencias, este Tribunal, resuelve, R. la Jueza de apelación A.A.; y, CONSIDERANDO:

I.- La licenciada M.S.C., F. de Juicio de H., solicita prorrogar la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre los acusados E y M, hasta el 11 de julio del presente año. En sustento de su petición informa que por sentencia 158-2013, emitida a las 11 horas del 3 de mayo de 2013, por el Tribunal de Juicio de esa localidad, se condenó a los imputados, en total, a 40 y 25 años de prisión, respectivamente, y se les extendió la privación de libertad de manera preventiva, hasta el 7 y 8 de noviembre de 2013, a cada uno de ellos, en el orden expuesto. Mediante voto 2454-2013, de las 9 horas del 24 de octubre de ese mismo año, este Tribunal de Apelación de Sentencia amplió la medida por tres meses más que vencen el próximo 8 de febrero, pues, en la resolución 1861-2013, de las 9:12 horas, del 23 de agosto de 201, de esta misma Cámara, se ordenó el reenvío de la causa para fundamentación de las penas impuestas a ambos encartados. Y; la audiencia para ese fin está programa para celebrarse en la fecha hasta por la cual pide la ampliación de la medida cautelar. Informa la gestionante, sobre los plazos, que el primer encausado citado fue detenido el 4 de mayo de 2012, y el segundo; el 5 del mismo mes y año. En fechas 7 y 8 de mayo de ese mismo año, mediante resoluciones de las 14 y 11:20 horas respectivamente, el Juzgado Penal de H. decretó la prisión preventiva de ambos, por seis meses, con vencimiento el 8 de noviembre siguiente y con sustento en la existencia de los peligros procesales de fuga, ostaculización y peligro para la víctima. Ese mismo despacho, en fecha 7 de los meses de noviembre y diciembre del mismo año, ordenó mantener la medida por uno y cuatro meses más, en definitiva, hasta el 7 de marzo de 2013. En esta última data, a las 11 horas, el Tribunal Penal de dicha ciudad la prorrogó hasta el 3 de mayo siguiente, y nuevamente, con el dictado de la sentencia condenatoria número 158-2013, de las 11 horas de la última fecha citada, la amplió hasta el 8 de noviembre de 2013. Este Cámara de Apelación de Sentencia, en el voto 2454-2013, de las 9 horas...

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