Sentencia nº 01160 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 20 de Junio de 2014
Ponente | Kathya Jiménez Fernádez |
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2014 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José |
Número de Referencia | 11-014591-0042-PE |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Prórroga de prisión preventiva |
Resolución: 2014-1160 Expediente: 11-014591-0042-PE (5) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL.
Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las diez horas del veinte de junio de dos mil catorce.
Vista la presente diligencia; este Tribunal resuelve, R. la J. JiménezF.; y CONSIDERANDO:
I.
Contenido de la gestión: El F.M.P.M., con fundamento en que se mantienen incólumes las circunstancias tomadas en consideración para decretar la Prisión Preventiva en contra de J porque no han variado los presupuestos de presunción de autoría y los peligros procesales por los cuales se ordenó y se ha venido prorrogando la prisión preventiva solicita se autorice prórroga extraordinaria de la medida por el "plazo mayor." Señala que en contra del imputado se dictó sentencia condenatoria desde el mes de febrero del año en curso, ocasión en la cual se le impuso la pena de dieciséis años de prisión por la comisión de cuatro delitos de Homicidio Culposo, pena que posteriormente se le rebajó por parte del Tribunal de Apelación a nueve años de prisión. Que dicha sentencia fue recurrida en Casación, siendo que mediante el voto 2013-1472, de las 9.55 horas del 11 de octubre de 2013, dictado por la Sala Tercera de La Corte Suprema de Justicia, se declararon sin lugar los recursos interpuestos pero, sin embargo aun quedan peticiones pendientes de resolver. En su criterio, los hechos que se tuvieron por demostrados en contra del imputado son sumamente graves y sancionados con altas penas privativas de libertad por lo que entonces se presume que de estar en libertad podría evadir la acción de la justicia, burlando así el proceso penal y los principios que lo informan, siendo que lo que se pretende es que el mismo cumpla efectivamente con la sanción impuesta, evitando así el peligro de fuga que se encuentra latente, se pretende que el mismo se mantenga sometido al proceso y a la pena impuesta. Reitera que no cuenta el encartado con elementos de contención suficientes, pues si bien es cierto indicó que contaba con familia, domicilio y trabajo, lo cierto del caso es que esos elementos no impidieron que el mismo, el día de los hechos, estando en estado de ebriedad diera muerte a los ofendidos a raíz de su actuar culposo, es decir, esos elementos de contención no impidieron que el mismo delinquiera, entonces puede suponerse que tampoco ayudaran a mantenerlo sometido al proceso. Solicita, se prorrogue la prisión preventiva del sentenciado J hasta por el plazo mayor, lográndo así asegurar los fines del proceso y que la sentencia que se dictó en contra del mismo adquiera firmeza. Audiencia a la Defensa. Sobre la gestión no se pronunció.
II.
Cronología de la medida cautelar.
Conforme lo consigna el señor F. en su gestión, a solicitud del Ministerio Público, mediante resolución de las 2.50 horas, del 31 de julio de 2011, se ordenó la prisión preventiva por el término de seis meses, contra J, quien se encuentra detenido por esta causa desde el 30 de julio de 2011. El Juzgado Penal de Pavas mediante resolución de las 9.25 horas del 30 de noviembre de 2011, prorrogó la medida por cuatro meses más. El Tribunal de Pavas, mediante Voto de las 11:25 horas del 19 de diciembre de 2011, modificó la prórroga de prisión preventiva y la ordenó hasta el 20 de enero de 2012. El Juzgado Penal de Pavas, mediante resolución de las 9.34 horas del...
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