Sentencia nº 00280 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, de 31 de Mayo de 2012

PonenteRosibel López Madrigal
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2012
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago
Número de Referencia08-000196-0636-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de casación

Res: 2012-280 Exp: 08-000196-0636-PE Tribunal de Apelación Penal de Cartago .

A las diez horas cincuenta y cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil doce.

Recurso de casación interpuesto en la presente causa seguida contra R, mayor; […], por el delito de Abuso Sexual Contra Persona Menor de Edad, en perjuicio de A.I. en la decisión, los jueces R.L.M., D.F.R. y R.G.V.. Se apersonaron en apelación , los licenciados M.A.C.L. en calidad de defensor público del imputado y J.A.A. representante del Ministerio Público.

Resultando:

1-Mediante sentencia N° 192-2011 , dictada a las diecisiete horas del ocho de noviembre de dos mil once, el Tribunal de Juicio de Corredores, resolvió: “ POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículo 39 y 41 de la Constitución Política; 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 8 inciso 2) de la Convención Americana de Derechos Humanos; 1, 22, 30, 31, 45, 71 a 74 y 161 incisos 1), 2), 4) y 8) del Código Penal; 1 a 25, 142, 182, 184, 265 a 269, 360 a 365 y 367 del Código Procesal Penal, SE DECLARA A , AUTOR RESPONSABLE DE UN DELITO DE ABUSO SEXUAL EN CONTRA DE PERSONA MENOR DE EDAD, cometidos en perjuicio de A, y en tal carácter se le impone como sanción el tanto de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, pena que deberá descontar previo abono de la preventiva sufrida, en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos penitenciarios. Por no reunir los requisitos de ley, no se le concede el beneficio de libertad condicional de la pena. Son los gastos del proceso a cargo del Estado. C. al Registro Judicial, esta sentencia, una vez firme. Mediante lectura notifíquese.

Y.C.V.M.V.A.K.V.D.R. .

Juezas Penales de Juicio " ( sic) 2 -Contra el anterior pronunciamiento, el licenciado M.A.C.L. interpuso recurso de casación.

3-Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 464 bis y 465 del Código Procesal Penal (vigente al ocho de diciembre de dos mil once), el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso.

4 -En los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes. Redacta la J.L.M. ; y Considerando:

I.- El Lic. M.A.C.L. en condición de defensor público de R, formula recurso de casación contra la sentencia número 192-2011 de las diecisiete horas del ocho de noviembre del 2011, que condenó a su representado a cuatro años de prisión por el delito de Abuso Sexual Contra Persona Menor de Edad. Alega como primer...

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