Sentencia nº 00434 de Tribunal de Familia, de 10 de Mayo de 2016

PonenteRandall Esquivel Quirós
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2016
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia13-001706-0364-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario de liquidación anticipada y nulidad de traspaso

* 130017060364FA* EXPEDIENTE: 13-001706-0364-FA - 0 NUMERO 325-16(1) PROCESO: ORDINARIO LIQUIDACIÓN ANTICIPADA ACTOR/A: DEMANDADO/A: VOTO NÚMERO 434-2016 TRIBUNAL DE FAMILIA . S. J., a las trece horas y cincuenta y cuatro minutos del diez de mayo de dos mil dieciséis .- PROCESO ORDINARIO LIQUIDACIÓN ANTICIPADA de [Nombre 001], mayor, [...], contra [Nombre 007], mayor, [...] RESULTANDO

  1. - La parte actora solicita que en sentencia se declare: Que los bienes muebles que corresponden al menaje de casa, deberá repartirse en la proporcionalidad del 50%, sea un derecho a la mitad en la ganancialidad de los mismos que me pertenecen. Que tengo derecho como bien ganancial a un 50% de la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Sección Folio Real, Provincia de H., matrícula [Valor 001], que es terreno para construir con una casa de habitación... Que se ordene la venta judicialmente del inmueble, y que una vez cancelados los gastos del proceso, la mitad del precio de la venta me corresponde y la otra mitad de dicho precio de la venta le corresponde al demandado, de lo cual se le rebajarán las costas del proceso. Que tanto el demandado como la Suscrita podemos comprarle la mitad al otro y viceversa, por un precio no menor por el dado por el perito a nombrar, si hubiese acuerdo, y si no lo hubiere como se indicó se ordenará la venta del inmueble. Que se condene en costas al demandado .-

  2. - La parte demandada fue debidamente notificada de la presente acción, la cual no contestó.-

  3. - El Licenciado C.V.G., Juez del Juzgado de Familia de H., por sentencia de las ocho horas y veintidós minutos del dos de febrero de dos mil dieciséis, resolvió: "POR TANTO: Confesión Ficta: Se tiene por confeso el accionado de las cuatro preguntas que contiene el interrogatorio, sujeto al resto del elenco probatorio con que se cuente.-De conformidad con todo lo anteriormente expuesto, jurisprudencia y normas legales citadas, se declara parcialmente con lugar la demanda de ORDINARIA interpuesta por [Nombre 001], contra: [Nombre 007].-En consecuencia, se ordena la liquidación anticipada de bienes, y se declara que es bien ganancial a finca del Partido de H., matrícula número [Valor 003], que es terreno para construir, situada en el distrito tres, Santiago, cantón cinco, San Rafael, de la Provincia de H., L. al norte y este con [Nombre 009], sur con [Nombre 010], y oeste con calle pública once punto cincuenta metros; mide doscientos treinta y un metros...

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