Sentencia nº 00856 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 10 de Junio de 2016

PonenteRosa Acón Ng
Fecha de Resolución10 de Junio de 2016
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia12-008274-0042-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

Resolución: 2016-0856 Expediente: 12-008274-0042-PE (3) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las catorce horas cinco minutos, del diez de junio de dos mil dieciséis.- RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra J.A. B.S., mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-1446-2210, nacido en San José el 09 de octubre de 1990, hijo de J.Á.B.H. y N.M.S.B., vecino de Desamparados; por el delito de ESTAFA, en perjuicio de [Nombre 157] Y OTROS. Intervienen en la decisión del recurso, la jueza R.M.A.N., y los co-jueces R.C.C. y L.M.M.. Se apersonó en esta sede en su defensa material el encausado B.S. en escrito autenticado por el licenciado R.H.F. y la licenciada A.C.R. como representante de la Unidad de Impugnaciones del Ministerio Público. RESULTANDO: I.- Que mediante sentencia en lo relativo a la sanción a imponer número 1164-2014, de las quince horas, del trece de noviembre de dos mil quince, el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO: Conforme a lo expuesto, a los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, 1, 24, 30, 45, 50, 51, 59 a 63, 71 a 74 y 216 inciso 1 del Código Penal, 1, 3, 4, 5, 6, 141, 142, 144, 184, 324, 326, 328, 330, 333, 335, 336, 341, 360, 361, 363, 364, 365, 367 del Código Procesal Penal, este Tribunal de Juicio, HABIÉNDOSE DECRETADO ANTERIORMENTE LA AUTORÍA Y RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO J.A.B.S., DE SEIS DELITOS DE ESTAFA MENOR en perjuicio de [Nombre 001] Y OTROS; se le impone una pena de TRES AÑOS Y DIEZ MESES DE PRISIÓN, a razón de las siguientes penas para cada delito: 1) un delito de ESTAFA MENOR en perjuicio de [Nombre 001] por el cual se le impone el tanto de 4 meses de prisión; 2) Un delito ESTAFA MENOR en perjuicio de [Nombre 002], por el cual se le impone el tanto de 6 meses de prisión; 3) Un delito de ESTAFA MENOR, en perjuicio de [Nombre 003] y otros por el cual se le impone el tanto de 8 meses de prisión; 4) Un Delito de ESTAFA MENOR, en perjuicio de [Nombre 004] por el cual se le impone el tanto de seis meses de prisión: 5) Un Delito de ESTAFA MENOR en perjuicio de [Nombre 005] por el cual se le impone el tanto de seis meses de prisión y 6) Un Delito de Estafa Menor en perjuicio de [Nombre 006] y otros por el cual se le impone el tanto de año y cuatro meses de prisión; dicha sanción deberá descontarla el sentenciado en el lugar y forma que determinen los respectivos reglamentos penitenciarios, previo abono de la prisión preventiva cumplida.- Por no cumplir con los requisitos de L. necesarios para ello, NO se le concede al condenado el beneficio de ejecución condicional de la pena. Firme esta sentencia inscríbase en el Registro Judicial y expídase los testimonios de estilo para el Juzgado de Ejecución de la Pena y el Instituto Nacional de Criminología. Son Los gastos del proceso a cargo del estado. NOTIFIQUESE y remítase al imputado detenido para su debida comunicación .- ( sic., )" . II.- Que contra el anterior pronunciamiento interpuso recurso de apelación en su defensa material el encausado B.S. autenticado por el licenciado R.H.F.. III.- Que verificada la deliberación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 465 del Código de Procesal Penal, el Tribunal se planteó las cuestiones formuladas en el recurso de apelación. IV.- Que en los procedimientos se han observado las prescripciones legales pertinentes. Redacta la J.A.N.; y, CONSIDERANDO: I.- En su primer motivo, el imputado J.A.B.S. alega “violación al debido proceso por inobservancia del principio de prohibición de reforma en perjuicio y falta de aplicación de la penalidad del concurso material”, aduciendo que: i) Fue el único que apeló la sentencia condenatoria dictada en su contra, acogiéndose parcialmente el recurso en cuanto a la fundamentación de la pena, ordenándose el reenvío únicamente en cuanto a ese extremo. Sin embargo, en la nueva resolución le aumentaron las penas en dos de los...

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