Sentencia nº 00072 de Tribunal Contencioso Administrativo, Sección V, de 11 de Julio de 2016

PonenteMarianella Alvarez Molina
Fecha de Resolución11 de Julio de 2016
EmisorTribunal Contencioso Administrativo, Sección V
Número de Referencia14-000792-1027-CA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso de conocimiento

Tribunal Contencioso Administrativo, II Circuito Judicial de San José, Edificio Anexo A Central 2545-00-03 Fax 2545-00-33 Correo Electrónico tproca-sgdoc@poder-judicial.go.cr (folio 33 vuelto, 67 y 68 del expediente judicial) (folios 44 del expediente judicial) “... 1) Se declare absolutamente nulo, ineficaz e ilegal el acto administrativo DVA-1164-2012 del 27 de setiembre del 2012 dictado por el Viceministro Administrativo del Ministerio de Justicia y Paz, en donde se me cesa como Subdirectora del Centro de Atención Institucional La Reforma, lo anterior de conformidad con el artículo 1 inciso b del nuevo Código Procesal Contencioso Administrativo y se ordene su reinstalación en ese puesto, con el pago de los salarios caídos y demás diferencias salariales que dejó de percibir desde la fecha de cese hasta su efectiva reinstalación, más el reconocimiento tanto de intereses como de indexación sobre esas sumas. Asimismo, que se condene al Estado al pago de ambas costas de este proceso. 2) Que se me cancele el pago correspondiente de diferencia de salarios y otros pluses acorde al puesto que ejercí como Subdirectora del Ámbito B del CAI La Reforma desde el año 22 de junio del 2005 al 09 de febrero del 2011, así como el pago cuando ejercí el cargo como subdirectora del Centro Penitenciario La Reforma de febrero de 2011 al 03 de agosto del 2012 que se dejo sin efecto mi nombramiento en razón de criterio vertido tanto por la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia y Paz y de la Dirección General de Servicio Civil, además del pago de disponibilidad en ese período que ejercí como Subdirectora del CAI La Reforma del 01 de febrero del año 2011 al 03 de agosto del año 2012 y no como Orientadora. Asimismo se me cancele el pago correspondiente al ejercicio como Directora del Régimen de Máxima Seguridad desde el 12 de marzo del año 2011 a agosto del mismo año, como recargo a mis funciones como Subdirectora del Centro de Atención Institucional Reforma. 3) Que se me cancele el pago correspondiente de diferencia de salarios y otros pluses acorde al puesto cuando siendo Subdirectora del CAI Reforma ejercí con recargo de funciones la Dirección del CAI Reforma ante la salida del Director del 27 de octubre del 2011 al 03 e agosto del año 2012 y el pago de disponibilidad. 4) Que se me cancele la diferencia en extremos laborales derivados del cargo como son: diferencias salariales, aguinaldo, vacaciones y otros pluses como carrera profesional, disponibilidad, dedicación exclusiva, anualidades, riesgo penitenciario y otros rubros que oportunamente indicaré, acorde a los Puestos de Directora y Subdirectora antes mencionados. 5) Que se me indemnice el daño moral objetivo estimado prudencialmente en la suma de 30 millones de colones y el daño moral subjetivo estimado prudencialmente en la suma de 20 millones de colones al ser objeto de discriminación, trato desigual, siendo que otros orientadores siguen ejerciendo puestos de dirección del CAI G.R.. 6) El pago de intereses sobre los anteriores montos indexados desde que realicé las diferentes funciones como Subdirectora y D. en los diferentes ámbitos de los centros...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR