*150000270958CI* EXPEDIENTE: 15-000027-0958-CI (169-16-1) PROCESO: QUIEBRA -APELACIÓN POR INADMISIÓN- ACTOR/A: MONTEMANITICO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DEMANDADO/A: BENEFICIO LAS CHÚCARAS, SOCIEDAD ANÓNIMA Y OTROS VOTO: 467 TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN PRIMERA.- A las Examinada la APELACIÓN POR INADMISIÓN formulada por R.F. G. en su carácter personal y como apoderado generalísimo sin límite de suma de BENEFICIO LAS CHÚCARAS, SOCIEDAD ANÓNIMA e INVERSIONES CAFETALERAS REVENTAZÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA, dentro del proceso QUIEBRA seguido ante el JUZGADO CONCURSAL DE SAN JOSÉ, bajo el expediente 15-000027-0958-CI por MONTEMANITICO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD DE LIMITADA contra la parte apelante por inadmisión indicada antes. Figuran como notario inventariador J.I.S.A., curador propietario M.S.R. y curador suplente Y.V.S.. - REDACTA la J.M.B.; y, CONSIDERANDO: I.- Procede conocer por el fondo la presente apelación por inadmisión dado que reúne los requisitos de oportunidad y forma a que aluden los artículos 583 a 585 del Código Procesal Civil. II.- El auto desestimatorio de las nueve horas y cuarenta y un minutos del cinco de mayo del año en curso (folios 301 y 302 frente y vuelto) rechaza el recurso de revocatoria con nulidad absoluta concomitante, interpuestos por el demandado F.G. contra la resolución de las catorce horas y veinticinco minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis, donde el juzgador a quo dispuso: 1) Tener por presentado el inventario de bienes por parte del notario inventariador, y conferir audiencia del mismo por el plazo de tres días al curador, acreedores y demás interesados; 2) Tener por aceptado el cargo de curador suplente; 3) Dar audiencia a la parte promovente y al curador M.S.R., por el plazo de tres días, del incidente de Nulidad de Notificación presentado por los demandados y 4) Ordena notificar el contenido de la resolución de las catorce horas y cuarenta y nueve minutos del treinta de marzo del presente año a los demandados en la dirección aportada por ellos. La revocatoria fue rechazada por considerar que lo que se pretende modificar es una providencia, la cual de conformidad con el...