Sentencia nº 00411 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 16 de Marzo de 2015
Ponente | Lilliana García Vargas |
Fecha de Resolución | 16 de Marzo de 2015 |
Emisor | Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José |
Número de Referencia | 12-007908-0042-PE |
Tipo | Sentencia de fondo |
Clase de Asunto | Recurso de apelación |
Resolución: 2015-0411 Expediente: 12-007908-0042-PE (8) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las siete horas cincuenta minutos, del RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra P. A.A.S., mayor, casado, costarricense, cédula de identidad número 1-1263-0813, nacido en San José el 22 de noviembre de 1985, de oficio vendedor ambulante, hijo de L.M.A.S., vecino de Puerto Viejo de Sarapiquí; por el delito de ESTAFA MENOR, en perjuicio de [Nombre 001]. Intervienen en la decisión del RESULTANDO: I.- Que mediante sentencia número 44-2015, de las quince horas del 15 de enero de 2015, el Tribunal Penal del I Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO: De acuerdo con las pruebas recabadas, reglas de la sana crítica racional, numerales 39 y 41 de la Constitución Política, ordinales 1, 2, 4, 11, 14, 16, 18 a 20, 30, 31, 45, 50, 51, 59 a 62, 71, 73, 74, 103, 216 inciso1 del Código Penal; artículos 1 a 7, 11 a 13, 30 a 34, 111 a 124, 142, 265, 267 a 270, 341, 343, 349, 351, 352, 354, 356, 357, 358, 360, 361, 363, 364, 365 y 367, CPP 155, 1045, artículo número 16 del Decreto Número 36562-J Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de Abogacía y Notariado; este Tribunal resuelve: declarar al imputado P.A.A.S., autor responsable del delito de ESTAFA MENOR, cometido en perjuicio de [Nombre 001] y en tal carácter se le impone una pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISION, pena que deberá descontar en el lugar y forma que determinen los reglamentos penitenciarios. Son los gastos del (sic.)" II.- Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado D.R.J., en calidad de Defensor Público del encartado, interpuso recurso de apelación. III.- IV.- Redacta la jueza de Apelación de Sentencia García Vargas; y, CONSIDERANDO: I.- El licenciado D.R.J., defensor público del imputado A.S., como primer reclamo alega la falta de fundamentación probatoria intelectiva de la sentencia. En particular, su queja alude a que no se trajo a declarar a J.F.R. quien, se supone, era el dueño de la maquinaria que a su defendido, se le acusa de haber vendido. En su criterio, lo que hubo fue un II .- En el segundo argumento la defensa se muestra inconforme con la pena de prisión que se impuso a su defendido. En particular, porque los Jueces utilizaron un POR...
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