Sentencia nº 00372 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 10 de Marzo de 2015

PonenteAna Isabel Solís Zamora
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2015
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia07-000063-0647-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución : 2015-0372 Expediente : 07-000063-0647-PE(10) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las diez horas treinta minutos del diez de marzo de dos mil quince.- Vistas las presentes diligencias, este Tribunal, resuelve, R. la Jueza de apelación S.Z.; y, CONSIDERANDO: I.- En memorial visible de folio 1229 a 1248 del legajo principal, el licenciado R.C.L., abogado del querellante y actor civil W.H.V.V., interpone recurso de apelación contra la sentencia 1165-2014, emitida por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, al ser las 14:54 horas, del 19 de diciembre de 2014, en la cual se ordenó la corrección registral visible al tomo 1773, folio 199, asiento 566 del Registro Mercantil, producto de la declaratoria de falsedad instrumental de la escritura 282 del tomo VI del protocolo del notario J.B.C.. En dicho libelo expone como reclamos la falta de fundamentación intelectiva y jurídica por motivación insuficiente y quebranto de las normas de la sana crítica en la apreciación armónica y conjunta de toda la prueba esencial. Además, se muestra inconforme por la inaplicación de ley sustantiva y quebranto de los principios de seguridad jurídica, publicidad registral y legalidad, así como errónea aplicación del numeral 492 del Código Procesal Penal. A folio 1247 solicita la realización de una audiencia oral. Se admite recurso de apelación. Una vez constatado que la impugnación planteada por el querellante y actor civil se ajusta a los parámetros de los artículos 458 y 460 del Código de rito, se admite para su estudio de fondo. II.- De folio 1251 a 1317, el licenciado J.C.T., defensor particular del encartado F.S.P., plantea recurso de apelación contra la sentencia descrita en el primer considerando, por cuanto en ella se condenó a su patrocinado por los delitos de Estafa y falsedad ideológica, imponiéndosele una pena total de diez años de prisión. Aduce violación a las reglas de la deliberación y redacción de sentencia, extinción de la acción penal por prescripción en relación con el delito de falsedad ideológica, falta de correlación entre acusación y sentencia, ausencia de motivación fáctica descriptiva, fundamentación ilegítima de la sentencia por incorporación de prueba espuria y violación al debido proceso por violación a la cadena de custodia de la evidencia, falta de tipicidad de la conducta acusada por el Ministerio Público y en querella pública, falta de tipicidad de las conductas tenidas por probadas, falta de fundamentación de la pena y fundamentación ilegítima de la sentencia por rechazo de prueba esencial. Ofrece como prueba la siguiente: A.T.:

1. O.E.R.A., quien figura como inversionista en las acciones que tiene su hijo A.R.G.;

2. A.R.G.; B.D.:

1. Contrato de servicios...

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