Sentencia nº 00084 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José, de 21 de Enero de 2015

PonenteRafael Gullock Vargas
Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de San José
Número de Referencia09-000192-0612-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoRecurso de apelación

PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL Resolución: 2015-0084 Expediente: 09-000192-0612-PE (12) TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL . Segundo Circuito Judicial de San José. G., a las catorce horas, del RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en la presente causa seguida contra J. R.S.F., mayor, casado, costarricense, cédula de identidad número 3-0213-0045, nacido en Cartago, hijo de H.S. y de C.F., vecino de San José y JOSÉ MARÍA BORBÓN ARIAS , mayor, casado, costarricense, cédula de identidad número 1-0334-0741, nacido en San José, hijo de R.B. y de C.A., vecino de San José; por el delito de FALSEDAD IDEOLÓGICA Y ESTAFA, en perjuicio de LA FE PÚBLICA Y OTRO. Intervienen en la decisión del RESULTANDO: I.- Que mediante sentencia número 187-2014, de las nueve horas treinta minutos, del veintitrés de mayo de dos mil catorce, el Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José, resolvió: "POR TANTO: De conformidad con lo expuesto, artículos 39 y 41 Constitucionales, 1, 21, 30, 45, 50, 59 a 63, 71, 103, 216 y 366 del Código Penal, Reglas Vigentes Sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941, 265 a 267 y 367 del Código Procesal Penal, por la totalidad de los votos se declara a los querellados J.R.S.F. y J.M.B.A. autores responsables de los delitos de Estafa y Falsedad Ideológica, en concurso ideal, cometidos respectivamente, en daño de [Nombre 001] y La Fe Pública. En ese (sic)" . II.- Que contra el anterior pronunciamiento, el licenciado J.M.B.A., en su condición de querellado, el licenciado C.Q.M., en calidad de defensor particular de S.F.; el licenciado R.A.C.A. defensor particular de B.A., interpusieron recursos de apelación. III.- IV.- Redacta el juez de Apelación de Sentencia Gullock Vargas; y, CONSIDERANDO: I.- Como se indica en el encabezado de la presente sentencia, aparte de la jueza J.R., intervienen los jueces G.V. y S.Z., quienes no estuvieron presentes cuando se realizó la audiencia solicitada en esta causa (ver folio 95). Al respecto es necesario aclarar que ello se ha...

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