Sentencia nº 00142 de Tribunal de Familia, de 23 de Febrero de 2017

PonenteAlexis Vargas Soto
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2017
EmisorTribunal de Familia
Número de Referencia13-000538-0186-FA
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso abreviado de divorcio

* 130005380186FA* EXPEDIENTE: 13-000538-0186-FA - 0 NÚMERO 1349-16 (2) PROCESO: DIVORCIO ACTOR/A: DEMANDADO/A: VOTO NÚMERO 142-2017 TRIBUNAL DE FAMILIA . S. J., a las quince horas y nueve minutos del veintitrés de febrero de dos mil diecisiete .- PROCESO DIVORCIO de [Nombre 001], [...], en contra de [Nombre 002], [...].- RESULTANDO

  1. - La señora [Nombre 001] presenta demanda de divorcio en contra de su esposo el señor [Nombre 002] por la causal de sevicia. Concretamente solicita se declare disuelto el vínculo matrimonial; se dividan los bienes que son gananciales, que ella tiene derecho a pensión, en caso de oposición se condene al demandado al pago de costas, se reconozcan los gastos en que ha incurrido desde que el demandado se fue de la casa al haber pedido dinero prestado para liquidar el servicio doméstico, agua, luz, teléfono, gastos médicos, impuestos municipales, vigilancia y otros.-

  2. - El señor demandado contestó en forma negativa, solicita se declare sin lugar la demanda y se condene a la actora al pago de costas, realizó ampliación de demanda que le fue denegada en forma interlocutoria e interpuso reconvención de divorcio por sevicia solicitando se disuelva el vínculo, se condene a la reconvenida al pago de daño moral por la suma de diez millones de colones, se dividan los bienes gananciales y se condene a la señora al pago de costas.-

  3. - La licenciada S.V.V., Jueza del Juzgado Primero de Familia, por sentencia de las diez horas y cincuenta y ocho minutos del dos de mayo de dos mil dieciséis, resolvió: "POR TANTO: Con base en el Derecho invocado y la motivación dada, se declara confeso al señor [Nombre 002] de las preguntas 1, 2 y 3 de confesión judicial únicamente conforme se analizó en el considerando tres, se declara CON LUGAR PARCIALMENTE la demanda de Divorcio por Sevicia que interpuso [Nombre 001] y se declara CON LUGAR PARCIALMENTE la reconvención de Divorcio por Sevicia que interpuso [Nombre 002], en consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial que une a los esposos. No hay hijos menores de edad. Al ser cónyuges cúlpables recíprocos, pierden el derecho a solicitarse alimentos. Son bienes gananciales el derecho 003 que es un medio de usufructo en la finca de San José matrícula folio real [Valor 001], vehículo placa [Valor 002] marca Daihatsu Estilo Terios, año 2003 ambos propiedad del señor [Nombre 002], menaje de casa descrito en inventario visible a folio 237 con las salvedades que se dirán, sobre los cuales...

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