Sentencia nº 00314 de Tribunal Segundo Civil, Sección Extraordinaria, de 30 de Mayo de 2017

PonenteRoberto Carmiol Ulloa
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2017
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección Extraordinaria
Número de Referencia10-000171-0183-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

*100001710183CI* EXPEDIENTE: 10-000171-0183-CI (293-2015-2) PROCESO: ORDINARIO ACTOR/A: A.S.C.R. DEMANDADO/A: DUNNIA MARÍA CASTRO DURÁN VOTO: 314 TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN EXTRAORDINARIA.- A las Proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO CUARTO CIVIL DE MAYOR CUANTÍA DE SAN JOSÉ, bajo el expediente 10-000171-0183-CI, por A.S.C.R., mayor, casada, oficinista, cédula 1-769-754, vecina de San José; contra D. M.C.D., mayor, separada de hecho, pensionada, cédula 1-325-763, vecina de San José. Intervienen el licenciado G.E.I.S. y la licenciada P.P.A., en calidad de apoderados especiales judiciales, el primero de la parte actora y el segundo de la demandada.- RESULTANDO:

  1. - El licenciado B.H.M., Juez Cuarto Civil de Mayor Cuantía de San José, en sentencia dictada a las trece horas treinta minutos del treinta de julio de dos mil quince, resolvió: "POR TANTO Se declara CON LUGAR la EXCEPCIÓN DE FALTA DE DERECHO, FALTA DE LEGITIMACIÓN ACTIVA y SIN LUGAR la llamada excepción de SINE ACTIONE AGIT; SIN LUGAR, en todos sus extremos, la denuncia interpuesta por A.S.C.R. contra D.M.C.D..- Ambas costas son a cargo de la actora vencida" (Sic).-

  2. - De dicho fallo conoce este Tribunal y Sección en virtud de apelación y nulidad interpuestas por la actora.-

  3. - En los procedimientos se ha observado las prescripciones correspondientes.- REDACTA el J.C.U.; y, CONSIDERANDO: I.- Observa este Tribunal, que a pesar de que el Juzgado analizó en la parte considerativa la confesión en rebeldía de la actora, omitió señalarlo en la parte dispositiva, sin embargo, esa omisión la solventa esta Cámara adicionando el fallo en tal sentido. II.- Se avala el elenco de hechos probados y no demostrados, por corresponder al mérito de los autos. III.- La actora formula recurso de apelación contra la sentencia dictada las trece horas treinta minutos del treinta de julio del dos mil quince, por el Juzgado Cuarto Civil de San José. En ese pronunciamiento, se acogió la excepción de falta de derecho y falta de legitimación activa, en consecuencia, se declaró sin lugar la demanda y se condenó a la actora al pago de las costas. IV.- Los agravios del recurrente son los siguientes: La sentencia tiene una mala fundamentación y apreciación de la prueba ya que se demostró que la señora C.C., permitió por más de 12 años que construyera en lo que es hoy su casa de habitación y donde habita con sus hijos, agrega que no paga cuota por concepto de alquiler. Además, durante todos esos años ha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR