Sentencia nº 00078 de Tribunal de Notariado, de 26 de Mayo de 2017

Número de sentencia00078
Número de expediente11-000188-0627-NO
Fecha26 Mayo 2017
Número de registro712452
EmisorTribunal de Notariado (Costa Rica)

"Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere" Ulpiano Tribunal Disciplinario Notarial, Primer Circuito Judicial de San José, Edificio Anexo B, diagonal a la esquina nor-oeste de Tribunales de Justicia Teléfono: 2295-3111 correo electrónico: trib_notariado@poder-judicial.go.cr Fax: 2295-4939 PROCESO DISCIPLINARIO NOTARIAL EXPEDIENTE: 11-000188-0627-NO DE: CONDOMINIOS LOS MANANTIALES TRES GRIS SOCIEDAD ANÓNIMA CONTRA: D. R.G. . VOTO Nº 78-2017-TDN Tribunal Disciplinario Notarial . Primer circuito judicial, anexo "B", S.J., a las nueve horas treinta y cinco minutos del día veintiséis del mes de mayo de dos mil diecisiete.- Proceso disciplinario notarial con acción civil resarcitoria establecido por Condominios Los Manantiales Tres Gris Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-367997 representada por V.H.C.P., mayor, divorciado, administrador de empresas, vecino de Limón, cédula N° 106350598; contra D.R.G. , mayor, casado, abogado y notario, cédula N° 502460458, vecino de San José. Se tuvo como parte a la Dirección Nacional de Notariado. Expediente: NUE 11-000188-0627-NO.- Resultando (relación cronológica de actuaciones): 1 - Resumen de la acción . Con fundamento en los cuatro hechos aportados, pretende la sociedad actora: "1) se ordene al notario licenciado D.R. G., sin más demoras ni cuestionamientos a proceder a todos los procedimientos necesarios, para dar por terminada la inscripción de la escritura correspondiente. 2) Se aplique el régimen disciplinario y se le impongan las más fuertes sanciones, por su evidente incumplimiento de responsabilidades y deberes. 3) Se condene al pago de los daños y perjuicios reclamados en forma INDEXADA. 4) Se condene al pago ambas (sic) costas de este proceso, en forma INDEXADA, que se liquidarán en su oportunidad." (Vid. Folio 30). Refiere la actora que el 25 de noviembre de 2008 las sociedades Torres del Valle Dorado Quince Gris S.A. y Condominios los Manantiales Tres Gris S.A. otorgaron ante el notario accionado la escritura N° 189 , "contrato de permuta", mediante la cual la última persona jurídica mencionada traspasaba la finca filial número 62600-F y recibía a cambio la finca filial 62527-F, ambas de San José. A la fecha de presentación de la acción, la escritura sigue sin inscribirse. Aduce que recibe la última filial descrita devolviendo la otra, debido a que tiene diversos problemas de hecho y posibles de derecho, pues la que recibe es una espacio de parqueo de la torre en que se encuentra su apartamento, que adquirió de Torres de la Colina S.A., habiendo "perdido el chance" de algún tipo de negocio con el inmueble por la falta de inscripción. Indica que la escritura fue presentada el 28 de noviembre de 2008, devuelta defectuosa en diciembre y es hasta agosto del 2010 que con la ayuda del Licenciado M.A.R.P. el accionado la presenta otra vez y es nuevamente devuelta defectuosa por otros errores, manteniéndose al día de hoy defectuosa, y desprotegida desde noviembre de 2009 hasta agosto de 2010, han pasado cuatro meses más y aun...

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