Sentencia nº 00126 de Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, de 13 de Junio de 2017

PonenteNo indica redactor
Fecha de Resolución13 de Junio de 2017
EmisorTribunal de Apelación de Sentencia Penal, II Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz
Número de Referencia16-000357-0060-PE
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoPrórroga de prisión preventiva

* 160003570060PE * VOTO 126-17 TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL. Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, a las once horas veinte minutos de trece de junio de dos mil diecisiete. Vista la solicitud que formula la fiscal de la Fiscalía del I Circuito Judicial de Guanacaste, licenciada J.C.G., a fin de que se prorrogue la prisión preventiva del justiciable [Nombre 002], dentro de la causa 16-000357-060-PE; y, CONSIDERANDO I- En memorial visible de folios 76 a 80 del legajo de medidas cautelares, el Ministerio Público solicita se prorrogue por dos meses la prisión preventiva del endilgado [Nombre 002], a partir de 29 de junio de

2017. Expone la gestionante los hechos y el fundamento que sostienen la causa seguida contra [Nombre 002] por un delito de homicidio simple y uno de femicidio en grado de tentativa, su acaecimiento en grado probable, además la concurrencia del peligro de fuga, en razón del daño causado y la alta penalidad con que se sancionan los delitos que se le atribuyen; estima que también está latente el peligro para la víctima [Nombre 005]. Dados estos aspectos considera que se hace necesario extender la medida cautelar, para asegurar el apego del justiciable al procedimiento, dado que el juicio fue programado por el tribunal de juicio para los días 17 y 18 de agosto de

2017. II- Por resolución de este Tribunal de 15:57 horas de 01 de junio de dos mil diecisiete, se confirió audiencia sobre la gestión del Ministerio Público, la cual fue contestada mediante memorial visible a folio 85 por la defensora pública del justiciable, quien no se opuso a la misma. III- Esta Cámara determinó en el voto 69-17 (10:45 horas de 29 de marzo de 2017) su competencia para conocer de la prórroga de prisión preventiva del justiciable [Nombre 007], en los siguientes términos: "Constata esta Cámara que el juzgado penal de Liberia ordenó la prisión preventiva por el plazo de tres meses del justiciable, por resolución de las 17:00 horas de veinte de febrero de 2016, hasta el 19 de mayo de 2016 (folio 3 del legajo de medida cautelar); esta medida fue prorrogada por un mes más, por resolución de las 14:40 horas de 21 de mayo de 2016, hasta el 21 de mayo de 2016 (folio 25 del legajo de medida cautelar). El juzgado penal de Liberia por resolución de las 10:00 horas de 20 de junio de 2016, ordenó una extensión de la prisión preventiva de dos meses más, hasta el 21 de agosto de 2016 (folio 39 del legajo de medida cautelar); posteriormente...

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