Sentencia nº 00227 de Tribunal de Notariado, de 13 de Octubre de 2017

PonenteSergio Alonso Valverde Alpízar
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2017
EmisorTribunal de Notariado
Número de Referencia13-000464-0627-NO
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso disciplinario notarial

"Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere" Ulpiano Tribunal Disciplinario Notarial, Primer Circuito Judicial de San José, Edificio Anexo B, diagonal a la esquina nor-oeste de Tribunales de Justicia Teléfono: 2295-3111 correo electrónico: trib_notariado@poder-judicial.go.cr Fax: 2295-4939 PROCESO DISCIPLINARIO NOTARIAL EXPEDIENTE: 13-000464-0627-NO DE: F. G.D.J.S.S. & JUEGOS EXTREMOS S.A. y J.E.B.V. & FIJAC S. A. CONTRA: C. A.G. CAMPOS . VOTO Nº 227-2017-TDN Tribunal Disciplinario Notarial . Primer circuito judicial, anexo "B", S.J., a las once horas cinco minutos del día trece del mes de octubre de dos mil diecisiete.- Proceso disciplinario notarial con acción civil resarcitoria, establecido por F. G. de J.S.S., mayor, casado, empresario, vecino de H., cédula N° 400820359 en lo personal y como presidente de Juegos Extremos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-226716; y J. E.B.V., mayor, casado, administrador de empresas, cédula N° 105040887 en lo personal y como presidente de FIJAC Sociedad Anónima , cédula jurídica N° 3-101-243723; contra C.A.G.C., mayor, casado, abogado y notario, cédula N° 202911151 y demás calidades ignoradas. Interviene como apoderado judicial personal de los señores S.S. y B.V. elL.M.M.M.. Se tuvo como parte a la Dirección Nacional de Notariado . Expediente: NUE 13-000464-0627-NO.- Resultando (relación cronológica de actuaciones): 1 - Resumen de la acción . Refieren los demandantes que el notario accionado junto con su cliente R.V., se pusieron de acuerdo para elaborar un documento falso, mediante el cual pretenden probar, sin ser cierto que D.E.C.L., le había firmado a R.V.V. la venta de una finca sin inscribir desde el año 1992, dentro de las que parte el inmueble registrado a nombre de la sociedades actoras y que le pertenecía para esa fecha a otras personas. Aducen que ambos señores y en particular el notario se ponen de acuerdo y elaboran un plan y otorgan como parte de él, la escritura número 380 del protocolo del notario demandado, dando fe sin ser cierto de que se había otorgado en el año 1992 el documento que protocolizaban. Entre otras acusaciones y detalles, se incluyen las pretensiones visibles a folio

13. A folios 24 y siguiente, se corrigen defectos de la acción; igual que a folio 29 y siguientes.- 2 - Respuesta y defensa . El notario accionado interpone las defensas de falta de derecho y falta de legitimación en ambas modalidades y rechaza los cargos fundándose en que él...

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