Sentencia nº 00900 de Tribunal Agrario, de 31 de Octubre de 2017

PonenteAntonio Darcia Carranza
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2017
EmisorTribunal Agrario
Número de Referencia15-000106-0640-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario

* 150001060640CI* EXPEDIENTE: 15-000106-0640- CI PROCESO: ORDINARIO ACTOR/A: SUCE SION DEMANDADO/A: A.A.B. VOTO N ° 900-F-2017 TRIBUNAL AGRARIO. SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ.- A las ocho horas y cincuenta y uno minutos del treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete.- PROCESO ORDINARIO planteado por SUCESORIO DE C.B.B., quien en vida fue mayor, casado, agricultor, vecino de Pacayas de Cartago, cédula de identidad número 0-000-000dieciséis, representado por su albacea D. B.A., mayor, viuda, de oficios domésticos, vecina de Cartago, cédula de identidad 0-000-000; contra SUCESIÓN DE E.B.A., quien en vida fue mayor, casado, agricultor, vecino de Cartago, representado por su albacea F. B.P., mayor, viuda, de oficios domésticos, vecina de Cartago, cédula de identidad 0-000-000. Actúan como abogados directores: de la parte actora el licenciado H. A.M., cédula de identidad 0-000-000, colegiado veintidós mil setecientos uno; y de la parte demandada la licenciada L.R.H., cédula de identidad 0-000-000, colegiado veintiún mil setecientos treinta y dos. Tramitado ante el Juzgado Agrario de Cartago.- Redacta el J.D.C.; y CONSIDERANDO I.- La jueza a-quo declaró el archivo del proceso, mediante resolución N° 84-2017 de las 09:19 horas del 22 de setiembre de 2017, (ver bandeja de documentos asociados 22/09/2017 09:19:03). II.- La parte actora recurso de apelación contra la resolución dictada que declara el archivo del presente proceso ordinario alegando que en este caso se cumplió previamente al dictado de la resolución que el archivo con lo solicitado en cuanto a integrar la litis consorcio, según escrito presentado en fecha 18 de setiembre de 2017, por lo que no hay razón y mucho menos justificación del auto sentencia dictado (ver bandeja de escritos, Apelación 26/09/2017 09:28:04) III.- Lleva razón el recurrente, por cuanto en la bandeja de escritos consta memorial de integración de litis presentado por la parte actora de este proceso...

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