Acta nº 011 de Corte Plena, 17 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución17 de Marzo de 2014
EmisorCorte Plena

Nº 11-2014

Sesión extraordinaria de Corte Plena celebrada a las trece horas cincuenta minutos del diecisiete de marzo del dos mil catorce, con la asistencia inicial de la Presidenta, Magistrada Villanueva; de las Magistradas y los M.R., S., A., V., V., C., R., A., C., Castillo, Rueda, H., S.; las S.D.V.V., M.E.G.C. y el Suplente R.S.M.; la primera ocupando la plaza vacante de la Sala Primera; la segunda en sustitución de la Magistrada Pereira por vacaciones y el último en lugar del M.J., a quien se le concedió permiso con goce de salario para otras actividades del cargo.

ARTÍCULO I

Documento 2668-2014

Se aprobaron las actas de las sesiones celebradas el 3 y 7 de marzo en curso, números 8 y 9-2014.

Por no haber asistido a esas sesiones la Suplente G.C. y el Suplente S.M. se abstienen de votar en cuanto a la aprobación de las dos actas.

La M.H. y el Magistrado Vega en lo que respecta a la primera.

La Magistrada V. y el Magistrado Rueda en cuanto a la segunda.

ARTÍCULO II

Documento 2933-2014

Ante el sentido fallecimiento del máster L.H.A.O., Juez del Tribunal de Familia de San José, se acuerda expresar el sentimiento de pesar de esta Corte a su estimable familia.

Manifiesta la Presidenta, M.V.: “El fallecimiento del máster L.H.A.O. es una lamentable pérdida para el Foro Jurídico nacional y para el Poder Judicial costarricense”.

ARTÍCULO III

Documento 2928-2014

En correo electrónico de 17 de marzo en curso, dirigido a la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia, M.Z.V.M., a la doctora M. delR.C.H. y al doctor F.B.C., P. y V. de la Asociación Costarricense de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, el señor H.V.P., Presidente de la Seccional OIT de la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. OIT, Ginebra, les manifestó:

“He conocido durante el fin de semana la infausta noticia del fallecimiento de quien fuera un gran jurista, un abnegado y brillante académico y un costarricense de excepción como el Profesor L.H.A.O., J. Superior de Familia, Letrado de la Sala Segunda de la Corte, quien además presidiera la Asociación Costarricense de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social con brillante desempeño. Tuve con L.H., quien siempre me brindó una amistad y una hospitalidad que no podré olvidar, una relación de especial consideración. Le recuerdo, muy particularmente, en alguna de las aulas de la Facultad de Derecho de la UCR cuando tuve la suerte y el privilegio de haber sido invitado por él a participar en alguna actividad docente. Quisiera por esta vía rogarles trasladen a la familia de L.H., a todos los miembros del Poder Judicial Costarricense y a los de la Asociación Costarricense de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, mi más sentida palabra de condolencia, de solidaridad y de compañía en estos momentos desde luego tristes para todos. Costa Rica pierde a un jurista de excepción, a un gran juez, a un mejor docente, y yo a un amigo a quien me hubiera complacido el poder reencontrar en estos años de lejanía.

Reciban un abrazo con las seguridades de mi afecto y de mi más especial consideración.

Amigo y compatriota por escogencia.”

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Se acordó: Agradecer al señor H.V.P. su muestra de pesar con ocasión del sentido fallecimiento del máster L.H.A.O., Juez del Tribunal de Familia y hacerlo de conocimiento de la estimable familia de don L.H..

ARTÍCULO IV

Documento 2470-2014

La máster L.C.T., J. de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial, en oficio Nº SACJ-0340-14 del 6 de marzo en curso, indicó:

“Para su conocimiento y fines consiguientes, le remito el informe sobre la Evaluación del Desempeño de la licenciada H.U.R., rendido por el licenciado M.R.M., J.C. del despacho y analizado por la MSc. R.S.S., Trabajadora Social de la Unidad Interdisciplinaria:

La licenciada U.R., fue nombrada en propiedad como Jueza 5 en el Tribunal de Apelación de Sentencia del III Circuito Judicial de Alajuela, a partir del 01 de enero de 2014. Según acuerdo de Corte Plena, en sesión 50-13, del 02 de diciembre 2013, artículo XIV. El período de prueba vence el 31 de marzo de 2014.

“La evaluación de desempeño correspondiente al período de prueba de la Licenciada H.U.R., nombrada en el Tribunal de Apelación de Sentencia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, consideró el perfil competencial definido para el puesto e información aportada por el Juez Coordinador del Despacho.

Es posible identificar un desempeño eficiente en las siguientes competencias genéricas: Calidad y Liderazgo. Así como también, en las competencias específicas de: Actitud Positiva, Adaptabilidad, Aprendizaje Permanente, Planificación y Organización.

Al momento de la valoración, no se identifican elementos negativos que afecten su labor profesional.”

Según acuerdo del Consejo de la Judicatura, en caso de que la persona valorada tenga alguna observación al respecto, deberá gestionarlas directamente ante el órgano al que se haya trasladado el informe.”

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Se acordó: Tomar nota del anterior informe y hacerlo de conocimiento de la licenciada H.U.R., Jueza 5 en el Tribunal de Apelación de Sentencia del Tercer Circuito Judicial de Alajuela. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO V

Documento 2477-2014

En sesión Nº 7-14 celebrada el 24 de febrero último, artículo XVII, se nombró interinamente al licenciado L.A.V.M. como Juez Supernumerario de la Presidencia de la Corte, plaza extraordinaria Nº 370373, destacada en el Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, sede Suroeste (P. y H., a partir del 3 de marzo y hasta el 31 de diciembre del 2014.

El licenciado L.A.V.M., en su expresado carácter, en nota de 6 de marzo en curso, solicitó:

“Por medio de la presente reciban un cordial saludo, y a la vez aprovecho para dirigirme ante ustedes a fin de exponer la situación que me ha llevado a tomar la decisión de renunciar al nombramiento de la plaza número 370373 del Tribunal Penal de Pavas, lo anterior, con la única finalidad de poder participar en las ternas interinas del Tribunal Penal de Grecia en donde me encuentro integrando las tres ternas.

Esta decisión la tomo, porque si bien es cierto, concursé en las plazas del Tribunal Penal de Pavas en donde gracias al apoyo de cada uno de ustedes fui elegido, lo hice debido a la incertidumbre sobre la continuidad de mi nombramiento en la plazas extraordinaria del Tribunal Penal de Grecia.

Sin embargo, me gustaría regresar al Tribunal Penal de Grecia en donde por un espacio de año y tres meses me desempeñé como Juez de Tribunal y Coordinador, sitio en donde logré mantener muy buena comunicación tanto con la Defensa Pública como con el Ministerio Público, todo ello, en aras de una mejor atención al usuario y una efectiva y pronta respuesta a las distintas peticiones tanto de los usuarios como de las partes procesales.

Aunado a lo anterior, otra de las razones por las cuales me interesa concursar las plazas del Tribunal Penal de Grecia, es que, a pesar de tener el recargo de conocer materia civil, laboral y cobro judicial, resultan ser materias de mi agrado y esto hace que me mantenga actualizado en otras ramas del derecho distintas a la materia penal, la cual, es mi fuerte.

Ante la situación supra indicada, desde ya agradezco la comprensión en cuanto a la decisión tomada, esperando contar con el apoyo de cada uno de ustedes y no causar inconveniente alguno.”

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Se dispuso: Tomar nota de lo manifestado por el licenciado L.A.V.M. y, con base en las razones expuestas, limitar su nombramiento en la plaza extraordinaria Nº 370373, destacada en el Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José, sede Suroeste (P. y H., a partir del 17 de marzo en curso y solicitar al Consejo de la Judicatura la remisión de una nueva terna. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO VI

Documento 2552-2014

Se toma nota de la resolución Nº 201314988 dictada por la Sala Constitucional a las nueve horas cinco minutos del quince de noviembre del dos mil trece, en la que se declara sin lugar el recurso de amparo interpuesto por A.R.M. y E.A.G. contra el Poder Judicial. Expediente Nº 13-002599-0007-CO. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO VII

Documento 2570-2014

Se toma nota de la sentencia Nº 2013002992 dictada por la Sala Constitucional a las diecisiete horas quince minutos del cinco de marzo del dos mil trece, en la que se declara sin lugar la acción de inconstitucionalidad, interpuesta por el señor A.S.V. en contra del artículo 271, párrafo segundo del Código Procesal Penal, publicado en La Gaceta No. 106 del 04 de junio de 1996. Expediente Nº 10-006789-0007-CO. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO VIII

Documento 2446-2014

La máster M.A.C., Jefa del Departamento de Planificación, mediante oficio Nº 289-PLA-2014 de 5 de marzo en curso, remite el informe 26-EST-2014 de la Sección de Estadística, referente a las estadísticas de los despachos judiciales de primera y segunda instancia, correspondientes al tercer trimestre del 2013, que en lo conducente dice:

SALA PRIMERA

Los datos estadísticos de mayor relevancia ocurridos en la Sala Primera, durante los primeros nueve meses del 2013, tanto en asuntos regulares como en función de Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo, se presentan de seguido, no sin antes indicar que a este informe, se adjuntan ocho cuadros estadísticos donde se muestran los datos de las principales variables y sus desgloses. De seguido se detallan los hechos de mayor relevancia:

A) Asuntos regulares

A.1 Patrón General

El ingreso nuevo de expedientes regulares a la Sala Primera en los primeros nueve meses del 2013, se enmarca dentro de la relativa estabilidad observada para esta variable desde el 2010. Como se puede apreciar en el cuadro siguiente, ingresaron en los tres primeros trimestres del año 1.065 asuntos, cifra similar a la reportada en el mismo periodo pero del 2012, cuando ingresaron 1.060 casos y no se aleja de lo registrado en el 2010 y el 2011, con 1.03...

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