Acta nº 012 de Consejo Superior, 12 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2015
EmisorConsejo Superior

Nº 12-15

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.-

S.J., a las ocho horas del doce de febrero del dos quince.

Sesión ordinaria con asistencia de la Magistrada Villanueva, P., de las Integrantes M.C.A., L.C.C., el I.A.L.M.A. y la Integrante Suplente D.M.M., en plaza vacante. Asiste también la máster A.E.R.J., Directora Ejecutiva.

ARTÍCULO I

DOCUMENTO 1479-15

Se aprueba el acta N° 08-15 de la sesión celebrada el 29 de enero de 2015.

La Integrante C.C. y el I.L.M.A. se abstienen de aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.

También se aprueba la separata de la sesión N° 10-15 del 5 de febrero del 2015, artículos XXVI y LXVI.

ARTICULO II

DOCUMENTO Nº 1524-15

Ante el sentido fallecimiento del señor R.S.G., padre del licenciado W.S.B., Juez del Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, se acuerda expresar a don W. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO III

Documento 89-15, 1262-15, 1304-15

El máster A.J.C., las servidoras T.H.C., H.A.S., G.R.B. y los servidores J.A.H. y J.G.E., todos funcionarios del Juzgado Penal de Cañas, manifestaron lo siguiente:

“…quienes preocupados por el acuerdo tomado en Sesión N° 04-15, celebrada el pasado 15 de enero del año 2015, comunicada mediante el Oficio N° 1090-15 del 02 de febrero del 2015, consideramos necesario presentar una Solicitud de Reconsideración al acuerdo tomado en base a lo siguiente:

1) Creemos necesario que para tomar una decisión sobre el tema particular, relativo a la emisión de Hojas de Delincuencia a las personas usuarias, debe realizarse al menos un estudio o visita del Departamento de Planificación, a fin de determinar la carga laboral de cada uno de los despachos que se pretenden involucrar en dicha función, en aras de valorar de forma apta la conveniencia de que esos despacho asuman esa función, pues al menos, en relación a este Juzgado Penal, nunca se realizó consulta alguna para tomar una decisión o dar a conocer nuestro criterio sobre el tema.

2) Nuestro Juzgado Penal es un despacho Unipersonal donde existe una carga laboral considerable, tanto así que desde principio del año 2014, se gestionó ante el Consejo Superior la creación de una nueva plaza de Juez 3 Penal (Consultar Sesión 38-14 del 29 de abril del 2014. Oficio 4848-14 del 16 de mayo del 2014), por la cantidad de expedientes que están ingresando desde la Fiscalía de esta Ciudad, y que en este momento han requerido señalar audiencias preliminares, incluso ya hasta el mes de Junio del año en curso, por lo que consideramos no contar con el recurso adecuado para hacerle frente a esta función adicional.

3) Por otra parte resulta más que preocupante, la forma en como se pueda controlar la equidad y el respeto hacia la persona usuaria, de mantenerse el Acuerdo tal y como se nos ha comunicado, ello en razón de la responsabilidad de todos los funcionarios judiciales involucrados al presentarse una persona usuarias a solicitar su Hoja de Delincuencia, pues como experiencia se tiene que tiempo atrás, cuando se había acordado que el Tribunal de Juicio y el Juzgado Contravencional de Cañas, fueran los encargados de emitir las Hojas de Delincuencia, hubo gran queja de las personas usuarias, pues al presentarse a un despacho u otro, les decían que estaban muy ocupados y que fueran al otro despacho, de forma recíprocamente, lo que a todas luces, en lugar de obtener un beneficio, ocasionaba un disgusto a la Ciudadanía y una mala imagen al Poder Judicial.

4) Por la zona geográfica y la situación económica de la población que atiende este Circuito Judicial, somos conscientes de que las solicitudes de Hojas de Delincuencia por día son considerables, pues en nuestra realidad hasta para llevar a cabo una función de peón agrícola en las Haciendas que existen en los Cantones que atendemos (Cañas, Tilarán, Abangares), requieren de este documento oficial, empero, la función venía ejecutándose de buena forma y con la satisfacción de la persona usuaria, con la ayuda de una funcionaria supernumeraria que la Administración del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, facilitó al Tribunal de Juicio de Cañas por espacio de 4 meses, hasta el pasado 19 de diciembre del 2014, y que a partir de este año 2015 no ha otorgado más, aduciendo sencillamente que otras oficinas tienen situaciones que ameritan ser atendidas, sin embargo, no fundamenta de forma adecuada cuáles son esas necesidades y si tienen prioridad sobre el problema que se está presentando en este Circuito Judicial, donde la costumbre desde hace varios años es ser relegados a un segundo plano por parte de la Administración del Primer Circuito Judicial de Guanacaste.-

5) Para concluir, estamos convencidos de que la emisión de Hojas de Delincuencia debe estar asignada a un sólo despacho J. de esta zona, y que la solución que se está tratando de dar al problema no es la adecuada tomando en cuenta los conflictos que anteriormente existieron entre el Juzgado Contravencional de Cañas y el Tribunal de Juicio de esta Ciudad, que valga la pena recalcar, concluyeron cuando la función fue asignada al Tribunal de Juicio de Cañas, por mantener una menor carga laboral y contar con el espacio físico adecuado para llevar a cabo tal función, siendo únicamente necesario que se mantenga por parte de la Administración de Primer Circuito de Guanacaste, el apoyo con la designación de un o una funcionaria Supernumeraria para llevar a cabo la emisión de las Hojas de Delincuencia, o bien se cree una plaza de Técnico Judicial 3 para el Tribunal de Juicio de Cañas, que colabore además con las funciones que se llevan a cabo en ese despacho.-

NOTIFICACIONES:

Requerimos con todo respeto que se nos mantenga informados sobre las decisiones que se tomen en relación al tema en particular y a la Solicitud de Reconsideración planteada, en los correos: can-jpenal@poder-judicial.go.cr y ajiron@poder-judicial.go.cr

(…)”

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En relación con lo anterior, la máster M.I.L.S. y el licenciado H.R.A., Jueza y Juez del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Cañas, en nota de 3 de febrero de 2015, expresaron lo siguiente:

“…, con apoyo de el señor Juez interino, Licenciado, H.R.A., así como del personal auxiliar del Juzgado Contravencional de Cañas-Guanacaste. Deseo hacer conocimiento de este digno Consejo, que ya una vez estuvimos con el recargo de la expedición de las Hojas de Delincuencia, sin embargo dada la exposición de motivos ante ese Órgano Institucional, sobre las condiciones en que laboramos en este Despacho, la gran carga de trabajo, se tomó la decisión de trasladarlo al Tribunal de Juicio de Cañas. Hoy, se nos informa vía correo electrónico, por parte del Tribunal de Juicio que todas las oficinas J. debemos realizar este trabajo y que es de acatamiento inmediato, no obstante considero que ha sido una decisión Arbitraria. Dando una revisión a los correos, vemos que existe intereses contrapuestos que atenta contra la objetividad de las decisiones tomadas, trata de una nota remitida al Consejo Superior del Poder Judicial, por la Licenciada S.J.B. en condición de Secretaria del Consejo de Administración de Liberia, misma que es la Administradora del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, quien en esta condición ha suplido de recurso supernumerario al Tribunal de Juicio de Cañas, según se decía a efectos de evaluar esa labor de expedición de Hojas de Delincuencia y así poder gestionar un recurso humano ordinario; ahora se concluye que no fue así, se elimino dicha ayuda y se nos recarga a los demás Despachos. Se pide por parte de la suscrita en condición de Jueza Coordinadora del Juzgado Contravencional de Cañas, reconsideración de esta decisión, toda vez que nos afecta mucho, como ustedes bien conocen la cantidad de trabajo que existe en un Juzgado Contravencional donde se atiende cinco materias, en su mayoría de carácter social, con la gran afluencia de personas que llegan día a día; en un recinto no adecuado para oficina Judicial con todo un riesgo para nosotros como empleados como para los usuarios, puntos que ya en una oportunidad fueron puestos en conocimiento de ese digno Consejo Superior; hacemos todo lo que está a nuestro alcance para salir adelante y brindar un servicio de calidad al usuario, con todo y el limitado apoyo que nos da La Administración, ya que muchas veces nos sentimos privados de nuestros derechos a pesar de contar con un presupuesto anual, es ineficiente la labor Administrativa para con nosotros, ya que debemos realizar las gestiones una y otra vez para que se atienda, menos pedir recurso supernumerario, el cual como antes indiqué fue eliminado del Tribunal. Como dicen, debemos hacer malabares para poder, realizar todas nuestras funciones diarias, a veces los jueces dejamos de lado nuestro trabajo para colaborar con la atención del público, el personal además de atender público tiene la atención de teléfono que es constante, proveer, recibir denuncias, recibir demandas laborales, indagatorias, manifestaciones, constancias para becas, para estudio, para orden patronal, mandamientos, edictos, ordenes de apremios, recibir escritos, solicitudes de apremios, arreglos en Tránsito, en este momento fue aplicado el aumento automático mediante el sistema, tenemos pendiente la expedición de oficios a Patronos de obligados, para la deducción de la cuota alimentaria debidamente modificada, lo cual es para todos los sectores y se debe clasificar uno a uno, es una enorme labor, que estamos valorando cómo se hace, el personal de apoyo está sumamente recargado, estamos agobiados, con mucha preocupación.

Dentro del plazo de ley, de conformidad con el artículo 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, interpongo el recurso de reconsideración en efecto suspensivo del acto, comunicado mediante oficio 1090-15.”

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En sesión Nº 38-14 celebrada el 29 de abril de 2014, artículo LXIII, se dispuso tomar nota del acuerdo tomado por la Comisión de Enlace Corte-O.I.J., en sesión...

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