Acta nº 088 de Consejo Superior, 11 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2013
EmisorConsejo Superior

Nº 88-13

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.-

S.J., a las trece horas treinta minutos del once de setiembre del dos mil trece.

Sesión ordinaria con asistencia de la Magistrada Villanueva, P., de la doctora L.C.C., el licenciado A.L.M.A., de los Integrantes Suplentes licenciado R.M.B. y el máster J. de D.S.L., en sustitución de la licenciada M.C.A. y del licenciado M.M.A., para atender labores propias del cargo. Asiste también el Director Ejecutivo, licenciado A.J.L..

ARTÍCULO I

Documento 10653-13

Con motivo del sensible fallecimiento del licenciado M.M.F., Ex Integrante del Consejo Superior y esposo de la licenciada D.F.V., Perita Judicial de la Sección de Delitos Económicos y Financieros del Organismo de Investigación Judicial, se acuerda expresar a doña D. el sentimiento de pesar de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

INGRESA EL LICENCIADO C.M.R..

Acto seguido se guarda un minuto de silencio en memoria de don M..

ARTÍCULO II

DOCUMENTO 10485-13

SALE EL LICENCIADO MONGE BOLAÑOS

Se aprueba el acta N° 84-13 de la sesión celebrada 29 de agosto del año en curso.

La Integrante C.C. y el Integrante Suplente S.L. se abstienen de aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.

SALE EL LICENCIADO MORA RODRIGUEZ E INGRESA EL LICENCIADO MONGE BOLAÑOS.

ARTÍCULO III

Documento 10212-13

En razón del sentido fallecimiento de la señora A.G.S., madre de la servidora S.A.G., Coordinadora de Unidad de la Administración Regional del Primer Circuito Judicial de Alajuela, se acuerda expresar a doña S. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO IV

Documento 10214-13

Con ocasión del sentido fallecimiento del señor A.A.A., padre del servidor J.A.V., P.J. de la Sección de Toxicología del Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses, se acuerda expresar a don J. y a su estimable familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO V

DOCUMENTO Nº 10215-13

Con motivo del sentido fallecimiento del señor L.A.G.A., padre de la licenciada A.L.G.L., Fiscala Auxiliar de la Fiscalía Adjunta del Primer Circuito Judicial San José y abuelo del servidor J.D.H.G., Técnico Judicial del Juzgado Penal de Pavas, se acuerda expresar a doña A.L. y don J.D. las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo a su estimable familia.

ARTÍCULO VI

DOCUMENTO Nº 10213-13

Ante el sentido fallecimiento del señor R.G.G., J.J., quien laboró en la Sección de Patología Forense del Organismo de Investigación Judicial, se acuerda expresar las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo a su estimable familia.

ARTÍCULO VII

DOCUMENTO Nº 9590-13, 10175-13

En sesión Nº 84-13 celebrada el 28 de agosto del año en curso, artículo L, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

“Mediante correo electrónico del 21 de agosto en curso, la licenciada E.C.R., Jueza Coordinadora del Juzgado Penal de Pavas, solicitó lo siguiente:

“…autorización para el pago de horas extras toda vez que en causa penal número 13-009184-0042-PE seguida contra G.H.D. Y OTROS, por el delito de ROBO AGRAVADO en perjuicio de C.A.V., se ha ordenado allanamiento a partir de las cinco horas del veintidós de agosto del dos mil trece, ello por cuanto la zona en donde se ejecutará la diligencia es sumamente peligrosa y se trata de tres inmuebles. Es por lo anterior, que les ruego autorizar lo peticionado a partir de las cuatro horas en que debemos iniciar el traslado al Despacho para reunirnos con la policía judicial, las jueces penales A.V.C., I.C.G. y la suscrita…”

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Por mayoría, se acordó: Acoger parcialmente la gestión anterior, en consecuencia: Autorizar el pago de las horas extraordinarias laboradas por la licenciada E.C.R., Jueza Coordinadora del Juzgado Penal de Pavas, el 22 de agosto en curso, a partir de las 5:00 a.m., a cuyos efectos deberá remitir el formulario respectivo al Departamento de Personal.

Los Integrantes M.A. y M.R. emitieron su voto por denegar la gestión, por considerar que corresponde a una labor propia de su función como jueza de la República, así descritas en el manual de puestos. Se declara acuerdo firme.

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En relación con lo anterior, en correo electrónico del 2 de setiembre de 2013, la máster A.V.C., Jueza del Juzgado Penal de Pavas, presentó la siguiente gestión:

“ … con el objetivo de solicitarles respetuosamente, la reconsideración del acuerdo adoptado en la sesión 84-13 del pasado 28 de agosto por las razones que se dirán. El allanamiento dentro de la causa 13-009184-0042-PE se ordenó para practicarse a partir de las 05:00 horas -como en efecto sucedió-, razón por la cual todos los jueces debimos estar antes en el Despacho, a fin de que los oficiales de la policía judicial procedieran a realizar los traslados del cuerpo legal a los puntos a allanar. Estando en el Juzgado Penal propiamente, se deben realizar una serie de coordinaciones previas, de vehículos, defensores fiscales, implementos de seguridad, siendo necesario estar en la oficina una hora antes con ese fin. Una vez que todos los jueces y oficiales estamos listos se procede a realizar el traslado a los puntos a allanar, de modo que la cancelación de las horas extras a partir de las 05:00 horas, viene a desconocer abiertamente que los jueces debimos llegar antes de las 05:00 al Despacho, ya que la diligencia se efectuó a partir de esa hora, como podrá corroborarse con el expediente; tiempo que se encuentra fuera de la jornada laboral. En consideración a lo expuesto, les solicito se reconsidere el acuerdo y se autorice el pago de las horas extras, a partir de las 04:00 horas y no de las 05:00 horas como se acordó. ”

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Se acordó: Denegar el recurso de reconsideración interpuesto por la máster A.V.C. y mantener lo resuelto en sesión Nº 84-13 celebrada el 28 de agosto del año en curso, artículo L, por no encontrar este Consejo elementos nuevos que indiquen que haya que variar lo dispuesto, toda vez que no se ha demostrado con prueba idónea la llegada al Despacho de la licenciada V.C. a partir de las 4:00 de la mañana para la citada diligencia.

ARTÍCULO VIII

Documento 7067, 10123-13

En sesión N° 80-13 celebrada el 14 de agosto del año en curso, artículo LXV, se denegó la solicitud de la licenciada S.O.C., Coordinadora de Unidad de la Administración Regional de Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz, para que se le concediera el beneficio de optar por una beca institucional, para cursar la maestría en la carrera de Administración de Empresas con Énfasis en Gerencia de Proyectos en la Universidad Latina de Costa Rica, Sede Heredia, la cual iniciaría el 15 de julio del 2013 y finalizaría el 15 de febrero de 2015, asimismo se denegó el permiso con goce de salarioa la licenciada O.C., por cuanto dicha actividad no se estableció en el presupuesto vigente.

En correo electrónico del 2 de setiembre en curso, la licenciada S.O.C., en su expresado carácter, solicitó lo siguiente:

“…en relación al oficio N° 9538-13 de fecha 30 de agosto de los corrientes, agradece la consideración y gestión que dieron a mi solicitud.

Entendiendo la situación actual y falta de presupuesto a nivel institucional; y con base al acuerdo tomado por este honorable Consejo; solicito una reconsideración a mi solicitud, pero en esta oportunidad en el sentido de valorar la posibilidad de concederme permiso los días viernes para ausentarme durante la II audiencia para desplazarme hasta H., que es el lugar donde curso la maestría.

(…)”

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En relación a lo anterior, el licenciado E.H.C., Administrador Regional del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz, en correo electrónico del 2 de este mes, dirigido a la licenciada O.C., le comunicó lo siguiente:

“…Esta Administración brinda la autorización solicitada, en tanto pueda reponer el tiempo otorgado y mientras las circunstancias lo permitan, en caso que por situaciones del puesto, deba permanecer para brindar un buen servicio. Deberá presentar a esta jefatura el plan propuesto para reponer el tiempo otorgado.”

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Por mayoría, se acordó: Acoger el recurso de reconsideración planteado por la licenciada S.O.C., Coordinadora de Unidad de la Administración Regional de Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz, en consecuencia: 1.) Autorizar a la licenciada O.C., para que se ausente del despacho durante la segunda audiencia de los viernes de cada semana a partir del mes de octubre y hasta el último día laboral del año en curso, a fin de que asista a la Maestría en la Carrera de Administración de Empresas con Énfasis en Gerencia de Proyectos en la Universidad Latina de Costa Rica, sede H.. En tal sentido se modifica lo resuelto en la sesión N° 80-13 celebrada el 14 de agosto del año en curso, artículo LXV. 2.) Es entendido que deberá reponer el tiempo que ocupe en dichas labores a fin de mantener el trabajo al día y con el fin de que se minimice la afectación del servicio público, por lo que en caso de tener que atender un asunto urgente o que amerite su presencia no podrá abandonar el despacho . A esos efectos deberá coordinar lo pertinente con la jefatura.

La Magistrada V. votó por mantener lo resuelto en la sesión de referencia, por cuanto la presencia de doña S. es de suma importancia en la Administración.

El Tribunal de la Inspección Judicial, la Administración Regional de Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, sede Santa Cruz y el Departamento de Personal, tomarán nota para los fines consiguientes.

ARTÍCULO IX

DOCUMENTO Nº 9786-13, 10332-13

En sesión Nº 83-13 celebrada el 27 de agosto del mes pasado, artículo VII, de conformidad con lo que establecen los artículos 81, inciso 10, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 106 de la Ley de Contratación Administrativa y 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y la recomendación formulada por el Departamento de Proveeduría, se a djudicó la...

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