Acta nº 101 de Consejo Superior, 20 de Noviembre de 2014

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2014
EmisorConsejo Superior

Nº 101-14

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL .-

S.J., a las trece horas treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil catorce.

Sesión ordinaria con asistencia de la M.V., P., de la doctora L.C.C., el licenciado A.L.M.A. y los Integrantes Suplentes, licenciado C.M.R. en sustitución de la licenciada M.C.A. permiso con goce de salario y el master J. de D.S.L., en sustitución del licenciado M.M.A. por incapacidad. Asiste también la máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva.

ARTÍCULO I

DOCUMENTO N° 14028-14

Por motivo de incapacidad del Integrante M.M.A., se dispone llamar al S.J. de D.S.L., por la segunda audiencia del 20 y el 21 de noviembre del 2014.

El master S.L. se abstiene de votar.

El Despacho de la Presidencia y la Dirección de Gestión Humana, tomarán nota para los fines consiguientes. Se declara firme este acuerdo.

ARTÍCULO II

DOCUMENTO 13667-14

Se aprueba el acta N° 97-14 de la sesión celebrada el 6 de noviembre de 2014.

El Integrante Suplente M.R. se abstiene de aprobar el acta por no haber participado en esa sesión.

ARTÍCULO III

Documento 13601-14

Con motivo del sentido fallecimiento de la señora R.F.M., madre de los servidores E.J. y A. ambos de apellidos G.F., por su orden, Técnico en Comunicaciones J.iciales de la Oficina de Comunicaciones J.iciales de P. y F. de la F.ía Adjunta de P., se acuerda expresar a don Erick y a don A. y a sus estimables familia las condolencias de la Corte Suprema de Justicia y de este Consejo.

ARTÍCULO IV

Documento 13422-14

En sesión Nº 97-14 celebrada el 6 de noviembre de 2014, artículo LXIII, se dispuso trasladar al Consejo de la J.icatura para su análisis y recomendación a este Consejo, la gestión presentada por el licenciado P.E.R.C., Coordinador J.icial del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Monteverde, en que solicitó lo siguiente:

Mediante oficio fechado 25 de agosto del año en curso, solicité a este honorable Consejo conocer acerca de mis postulaciones para integrar las listas de suplentes y resolver conforme a lo acordado en las sesiones Nº 100-13, Nº 112-13 y Nº 14-14 del Consejo Superior, celebradas respectivamente el 24 de octubre de 2013, el 4 de diciembre del año 2013 y el 18 de febrero de 2014. D. solicitud fue tramitada mediante referencia Nº 9909-2014, y mediante sesión Nº 79-14 celebrada el 4 de setiembre de 2014, artículo LXXXVII, se acordó "Tomar nota de la comunicación anterior y estar a la espera del voto Nº 475-2014 de las 10:40 horas del 07 de agosto de 2014 del Tribunal de la Inspección J.icial, en el que se declaró sin lugar la queja interpuesta contra el licenciado P.E.R.C..

Ahora bien, mediante sesión Nº 94-14 del 28 de octubre del 2014, artículo XXXIII, al conocer el Consejo Superior el oficio de la Inspección J.icial número 2732-IJ-2014 (referencia Nº 11719-2014), mediante el cual se comunicó la resolución final de la causa incoada en mi contra bajo expediente número 13-0000794-0031-IJ, voto Nº 475-2014, este honorable Consejo acordó tomar nota.

En virtud de lo anterior, siendo que ya el Tribunal de la Inspección J.icial resolvió en definitiva mi causa ordenando el archivo de la misma y se realizó la comunicación pertinente, respetuosamente reitero mi solicitud presentada al Consejo Superior mediante nota fechada 25 de agosto de 2014 (referencia Nº 9909-2014), se defina respecto de mis postulaciones para integrar las listas de suplentes, se comunique a C.J. y a los despachos que correspondan, a fin de ser incluido en las listas de Jueces y J.as suplentes respectivas, conforme a lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes del Reglamento Interno del Sistema de Carrera J.icial.

No omito manifestar que si bien estoy postulado en un total de cinco despachos judiciales, mi mayor interés se concentra en integrar la lista de suplentes en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Cruz (oficio SACJ-0084-2014), en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Tilarán (oficio SACJ-0084-2014) y en el Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del I Circuito J.icial de Guanacaste (oficio SACJ-1585-2013). Sin embargo, si así lo dispusiere este Consejo por considerarlo necesario, estaría también dispuesto en formar parte de la lista de suplentes en el Juzgado de Menor Cuantía y Tránsito del II Circuito J.icial Guanacaste (Sede Nicoya) (oficio SACJ-1585-2013) y en el Tribunal del II Circuito J.icial de Guanacaste (oficio SACJ-1459-2013).

(…)”

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En sesión Nº 100-13 celebrada el 24 de octubre de 2013, artículo XV, al conocerse el oficio Nº SACJ-1707-2013, en que el Consejo de la J.icatura remitió las propuestas de nombramiento correspondientes al concurso CJS-01-2013 para integrar listas de jueces y juezas suplentes categoría 1, se dispuso entre otros, comunicarle al licenciado P.E.R.C., que su nombramiento no se aprobaba hasta tanto no aclarara su situación en las causas disciplinarias que tiene pendientes.

Luego, en sesión Nº 112-13 del 4 de diciembre de 2013, artículo XXXVI, al conocerse el oficio Nº SACJ-1936-2013 en que el Consejo de la J.icatura realizó las propuestas preliminares correspondientes al concurso CJS-01-2013 para integrar listas de jueces y juezas suplentes categoría 1, se dispuso, -entre otros-, comunicarle al licenciado P.E.R.C., que su nombramientos no se aprobaba hasta tanto no aclarara su situación en las causas disciplinarias que tiene pendientes.

Asimismo, en sesión Nº 14-14 del 18 de febrero de 2014, artículo XXI, al conocerse el oficio Nº SACJ-0183-2014 en que el Consejo de la J.icatura realizó las propuestas preliminares correspondientes al concurso CJS-01-2013 para integrar listas de jueces y juezas suplentes categoría 1, se dispuso, -entre otros-, comunicarle al licenciado P.E.R.C., que su nombramientos no se aprobaba hasta tanto no aclarara su situación en las causas disciplinarias que tiene pendientes.

Posteriormente, en sesión Nº 79-14 del 4 de setiembre de 2014, artículo LXXXVII, se tomó de la comunicación hecha por el licenciado R.C. y estar a la espera del voto Nº 475-2014 de las 10:40 horas del 07 de agosto de 2014 del Tribunal de la Inspección J.icial, en el que se declaró sin lugar la queja interpuesta contra el licenciado P.E.R.C..

Finalmente, en sesión Nº 94-14 del 28 de octubre de 2014, artículo XXXIII, se tuvo por recibido el oficio Nº 2732-IJ-2014, referente a las resolución final dictada por el Tribunal de la Inspección J.icial dentro de la causa Nº 13-0000794-0031-IJ y de análisis realizado respecto al expediente, se tuvo que conforme lo señala el numeral 213 de la Ley Orgánica del Poder J.icial, este Órgano consideró que en la resolución no concurren las causales de nulidad previstas en el artículo 210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente al citado Tribunal.

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Relacionado con lo anterior, en correo electrónico del 10 de noviembre de 2014, el licenciado P.E.R.C., Coordinador J.icial del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Monteverde, manifestó:

“Mediante notas fechadas 25 de agosto de 2014 y 29 de octubre de 2014 he reiterado mi solicitud ante este honorable Consejo a fin que se defina mi situación respecto a la integración de las listas de Jueces y J.as suplentes, conforme a las postulaciones hechas por el Consejo de la J.icatura, mediante oficios SACJ-1459-2013 del 13 de septiembre del 2013, SACJ-1585-2013 del 30 de septiembre del 2013 y SACJ-0084-2014 del 17 de enero del 2014, todos ellos en atención al Concurso CJS-01-2013.

Importa recordar que mediante acuerdo tomado por el Consejo Superior del Poder J.icial en sesión Nº 112-13, celebrada el 4 de diciembre de 2013, se dispuso al respecto: “Con respecto a los licenciados (…) P.E.R.C. (…) sus nombramientos no se aprueban hasta tanto no aclaren su situación en las causas disciplinarias que tienen pendientes”. En el mismo orden de ideas, mediante acuerdo tomado por el Consejo Superior, en la sesión Nº 79-14 celebrada el 4 de septiembre de 2014, acordó lo siguiente: “Tomar nota de la comunicación anterior y estar a la espera del voto Nº 475-2014 de las 10:40 horas del 07 de agosto de 2014 del Tribunal de la Inspección J.icial, en el que se declaró sin lugar la queja interpuesta contra el licenciado P.E.R.C..

Ahora bien, en la sesión del Consejo Superior Nº 94-14 celebrada del 28 de octubre del 2014, art. XXXIII, en la cual se conoció acerca de la resolución final dictada en los expedientes números 13-000033-0031-IJ, Nº 13-000451-0031-IJ, 13-0000794-0031-IJ (voto Nº 475-2014), se acordó únicamente “Tomar nota”. Por último, en sesión Nº 97-14 celebrada el 06 de noviembre de 2014, A.L., al resolver acerca de mi gestión presentada el pasado 29 de octubre del año en curso, este honorable Consejo -según consta en la plataforma SICE-, acordó “trasladar al Consejo de la J.icatura”.

En virtud de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el numeral 47 del Reglamento Interno del sistema de Carrera J.icial, corresponde al Consejo de la J.icatura integrar mediante concursos internos, la lista principal de suplentes para los distintos tribunales de justicia, atendiendo a los requisitos que ese mismo artículo establece. Asimismo, una vez que el Consejo de la J.icatura realiza la escogencia de estas propuestas, la remite al Consejo Superior para su aprobación final.

En mi caso particular, la escogencia ya fue debidamente realizada por parte del Consejo de la J.icatura, conforme a los oficios indicados supra, y únicamente resta la aprobación final de este honorable Consejo, tal como se desprende del acuerdo tomado por este mismo órgano en sesión Nº 112-13, celebrada el 4 de diciembre de 2013 y reseñada arriba.

Por otra parte, trasladar mi solicitud al Consejo de la J.icatura implica retrotraer todo el proceso previo de selección y escogencia a una etapa ya precluida, pues existe pronunciamiento firme de dicho órgano al respecto.

Como corolario de lo anterior, desde este momento interpongo formal RECURSO DE...

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