Sentencia nº 00297 de Tribunal Segundo Civil, Sección Extraordinaria, de 11 de Mayo de 2018

PonenteRoberto Carmiol Ulloa
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2018
EmisorTribunal Segundo Civil, Sección Extraordinaria
Número de Referencia15-100005-0217-CI
TipoSentencia de fondo
Clase de AsuntoProceso ordinario civil

*151000050217CI* EXPEDIENTE: 15-100005-0217-CI (214-2017-2) PROCESO: ORDINARIO ACTOR/A: C.A.C. HIDALGO DEMANDADO/A: O.M.C. CASTILLO VOTO: 297 TRIBUNAL SEGUNDO CIVIL, SECCIÓN EXTRAORDINARIA.- A las Proceso ORDINARIO establecido en el JUZGADO CIVIL DE MAYOR CUANTÍA DEL TERCER CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ, DESAMPARADOS, expediente número 15-100005-0217-CI, C.A.C.H., mayor, soltero, cédula 1-1182-961, vecino de Desamparados; contra O.M. C.C., mayor, casado, constructor, cédula 1-784-798, vecino de Desamparados. RESULTANDO:

  1. - La licenciada V.G.R. , Juez del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, en sentencia dictada a las quince horas del treinta de enero de dos mil diecisiete, resolvió: " POR TANTO En mérito de lo expuesto, cita de ley y jurisprudencia, de oficio se declarará una falta de derecho, Se declarará SIN LUGAR la demanda de C.A. C. HIDALGO contra O.M.C. CASTILLO. Son ambas costas del proceso a cargo de la parte actora vencida.- "(Sic).-

  2. - Este Tribunal conoce la apelación y nulidad concomitante, interpuestas por la parte actora.-

  3. - En los procedimientos se han observado las prescripciones correspondientes.- REDACTA el J.C.U.; y, CONSIDERANDO: I.- Se aprueba el listado de hechos probados que contiene la sentencia apelada, por corresponder al mérito de los autos. II.- De igual manera, se aprueban los hechos no demostrados que contiene la resolución recurrida. III.- La parte actora formula recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de San José, a las quince horas del treinta de enero de dos mil diecisiete, que declara sin lugar la demanda y condena al actor vencido a pagar ambas costas del proceso. IV.- Señala en su escrito de apelación lo siguiente: " PRIMERO: En escrito de fecha 03 de enero de 2015 interpuse el presente proceso con el firme convencimiento de que los daños causados en mi patrimonio, por el incumplimiento contractual del aquí demandado, se verían restituidos, ya que existen una serie de hechos reales, concretos, expuestos ante su autoridad en los cuales se explica de manera clara y precisa como se dio la relación contractual, el incumplimiento del mismo y en que consistieron los daños causados. Mi actuar siempre ha sido de buena fe, y en el momento en que acudí ante la autoridad judicial competente para resolver mi caso, lo hice con la única finalidad de defender mis derechos y que se vieran restituidos los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR