Acta nº 009 de Corte Plena, 5 de Marzo de 2018

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2018
EmisorCorte Plena

N° 9-2018

Sesión ordinaria de Corte Plena celebrada a las nueve horas treinta minutos del cinco de marzo del dos mil dieciocho, con la asistencia inicial del Presidente, M.C., de las Magistradas y los Magistrados R.S.Z., I.R.R.M., W.M.V., O.A.G., L.P.S.R., J.R.Q., F.C.V., P.R.L., las magistradas suplentes, Milagro Rojas Espinoza, M.E.G.C., A.G.V., M.A.Z., S.Z.M. y de los magistrados suplentes H.B.G. y R.C.C., la primera y segunda en sustitución de la Magistrada Varela y M.A. por permiso con goce de salario, la tercera en sustitución de la Magistrada H. por vacaciones y los siguientes ocupando las plazas vacantes de las Salas Segunda y Tercera.

ARTÍCULO I

Documento 2578-18

Expresa el Presidente, M.C.: “ Las condolencias para la licenciada E.N.A., F. General interina, por el fallecimiento de su señor padre, a finales de la semana pasada, en realidad es una situación muy difícil para ella que está enfrentado y nosotros por lo menos, personalmente yo fui como P. de la Corte, a darle las condolencias de parte de todos ustedes y mía personalmente. Y ella lo agradeció muy sentidamente.

Se le mandó el tributo correspondiente y deseamos por supuesto y oramos para que su señor padre esté en la gloria del Señor y D. les dé fortaleza y sabiduría para enfrentar esta situación tan difícil.

Se acordó: Expresar las condolencias y el sentimiento de pesar de esta Corte a la señora Fiscala General interina, E.N.A. y a su estimable familia. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO II

Documento 2830-18

Se aprobó el acta de la sesión celebrada el 22 de febrero de 2018 Nº 07-18.

La Magistrada Rojas, el M.S., el Suplente Cortés Coto y las Suplentes Allón Zúñiga y G.V. se abstienen de aprobar el acta por no haber asistido a esa sesión.

Se deja constancia que en cuanto al artículo I de la sesión celebrada el 22 de febrero del año en curso, los magistrados C., R. y la Suplente Cortés Coto, no votan la aprobación, en razón de que plantearon solicitud para excusarse de conocer ese asunto.

ARTÍCULO III

Documento 9602-17 y 1006-18

El Consejo Superior en sesión N°10-18 celebrada el 6 de febrero de 2018, artículo LXIX, adoptó el acuerdo que literalmente dice:

“La servidora A.C.S.M., secretaria de la Escuela Judicial, en oficio N°004-CD/EJ-18 del 26 de enero de 2018, comunicó:

“Les transcribo el acuerdo tomado por el CONSEJO DIRECTIVO DE LA ESCUELA JUDICIAL, en la sesión ordinaria nº. 001-2018, del 23 de enero del 2018, que literalmente dice:

ARTÍCULO VI

La M. Sc. W.H.H., subdirectora a.i. de la Dirección de Gestión Humana, indica a este Consejo Directivo que fue informada de que la propuesta de “Reglamento de Becas del Poder Judicial”, “Lineamientos para la coordinación de la cooperación, la cual se encontraba a cargo de la Dirección Jurídica para su estudio y fue remitido por la actual Dirección de esa dependencia, al Consejo Superior del Poder Judicial, quienes resolvieron trasladar dicho asunto para el conocimiento de la Corte Plena. No obstante, se considera que el Consejo Superior, de previo, debía hacer del conocimiento de los entes involucrados dicho documento para las observaciones correspondientes, entre ellas, la Escuela Judicial, las Unidades de Capacitación y el Consejo Directivo de la Escuela.

Con respecto a este asunto, se hace el recordatorio de que mediante el oficio 111-CD-2016 del 08 de agosto de 2016, fue comunicado a la Secretaría General de la Corte - Recepción de Documentos y a la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales del Poder Judicial, el acuerdo del Consejo Directivo de la Escuela Judicial, de la sesión ordinaria nº.16-2016 del 19 de julio del 2016, ARTÍCULO XII, que dice lo siguiente:

“Correo electrónico del 09 de julio de 2016, de la Licda. I.G.R., directora de la Escuela Judicial, suscrito a la M. Sc. K.L.C., encargada de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internaciones del Poder Judicial, que dice:

De acuerdo al informe rendida por la gestora R.G.M., sobre las reuniones sostenidas en la oficina a su cargo y a fin de contar con la información respectiva, le ruego me envíe copia de la versión final y que se remitirá al Consejo Superior para su aprobación, sobre los Lineamientos para la coordinación de la cooperación.

Correo electrónico del 13 de julio de 2016, de la Licda. I.G.R., directora de la Escuela Judicial, suscrito a la M. Sc. K.L.C., encargada de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internaciones del Poder Judicial, que dice:

Nuevamente le escribo para solicitarle me envíe copia de la versión final y que se remitirá al Consejo Superior para su aprobación, sobre los Lineamientos para la coordinación de la cooperación. Esto por cuanto, si bien a la actividad en que se realizó asistió doña R.G. en representación de la Escuela, es preciso que los miembros del Consejo Directivo conozcan lo que allí se dispuso, que atañe directamente a la Escuela. Tenemos sesión el próximo martes, por lo que le agradecería me haga llegar la información el viernes a más tardar, para que doña A.C. pueda hacerla llegar a los miembros del Consejo y ellos estudiarla previamente. C. de este correo a la Dra. D.A.M., Presidenta del Consejo Directivo.

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SE ACUERDA: Que el Consejo Directivo de la Escuela Judicial amparado bajo el derecho de petición, tal como se estable en nuestra Constitución Política, en el artículo 27, que dice: “Se garantiza la libertad de petición, en forma individual o colectiva, ante cualquier funcionario público o entidad oficial, y el derecho a obtener pronta resolución”, así como en el artículo 30, que establece: “Se garantiza el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público. Quedan a salvo los secretos de Estado”, se solicita a la M. Sc. K.L.C., encargada de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internaciones del Poder Judicial, enviar el documento final que será presentado al Consejo Superior del Poder Judicial para su aprobación, referido a los “Lineamientos para la coordinación de la cooperación”, a efectos de que este Consejo Directivo de la Escuela, conozca y analice cuál será la participación de la Escuela, conforme a los alcances allí establecidos. Hacer de conocimiento del Consejo Superior del Poder Judicial lo solicitado por este Consejo Directivo. ACUERDO FIRME.

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Al respecto, las personas integrantes de este Consejo Directivo expresan su preocupación, porque consideran se sigue incumpliendo con el debido proceso de poner en conocimiento de las partes involucradas, luego del análisis por parte de la Dirección Jurídica, el documento final sobre la propuesta de “Reglamento de Becas del Poder Judicial”, “Lineamientos para la coordinación de la cooperación, para las observaciones pertinentes.

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SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Que el Consejo Directivo de la Escuela Judicial reitera lo acordado en la sesión ordinaria nº. 16-2016 del 19 de julio del 2016, ARTÍCULO XI, anteriormente citado. En consecuencia, considera que como parte del debido proceso, es indispensable hacer del conocimiento de las partes involucradas, Unidades de Capacitación, Consejo Directivo de la Escuela y demás órganos, los alcances establecidos en el “Reglamento de Becas del Poder Judicial”, “Lineamientos para la coordinación de la cooperación”, para las observaciones pertinentes, de previo al conocimiento de la Corte Plena. Hacer este acuerdo del conocimiento de la Dirección Jurídica, Consejo Superior y de la Corte Plena, para lo correspondiente. ACUERDO FIRME”

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En sesión N°79-16 celebrada el 23 de agosto de 2016, artículo XLV, se tomó nota de lo resuelto por el Consejo Directivo de la Escuela Judicial, en sesión N°16-2016 del 19 de julio del 2016, artículo XII.

Así mismo, la Corte Plena, en sesión N°27-17 celebrada el 21 de agosto de 2017, artículo XVI, en lo que interesa dispuso, aprobar el punto cinco de las Medidas de Adopción Inmediata contenida en el informe de Medidas para la Contención del Gasto del Poder Judicial, en los siguientes términos: “Los Programas de Becas impartidos mediante convenios con universidades de nuestro país, se desarrollarán en horario no hábil para evitar gastos por sustituciones. Con este propósito la Dirección de Gestión Humana tramitará las adendas a los convenios y contratos de becas vigentes.

Se acordó: 1) Tomar nota del oficio N°004-CD/EJ-18 del 26 de enero de 2018 remitido por la servidora A.C.S.M., Secretaria de la Escuela Judicial, en donde comunicó el acuerdo del Consejo Directivo de la Escuela Judicial, en sesión N° 001-2018 del 23 de enero de 2018, artículo VI. 2) En razón de que el tema del “Reglamento de Becas del Poder Judicial” y los “Lineamientos para la coordinación de la cooperación” se encuentra en la corriente de la Corte Plena, se traslada la gestión anterior a dicho Órgano, con el fin de que atienda lo solicitado.

El Consejo Directivo y la Dirección, ambos de la Escuela Judicial, tomarán nota para los fines correspondientes.

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Se acordó: 1) Tener por recibido el acuerdo del Consejo Superior de la sesión N°10-18 celebrada el 6 de febrero de 2018, artículo LXIX. 2) Previamente a resolver lo que corresponda, respecto a la propuesta del “Reglamento de Becas del Poder Judicial” y “Lineamientos para la coordinación de la cooperación”, conceder audiencia a la Escuela Judicial, Unidades de Capacitación y Consejo Directivo de esa Escuela, para que, en el plazo de 10 días, a partir del recibo de este acuerdo, remitan las observaciones pertinentes respecto a los citados documentos, con el fin de que resolver lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.

ARTÍCULO IV

Documento 1031-18

El Consejo Superior en sesión N°10-18 celebrada el 6 de febrero de 2018, artículo LXVIII, tomó el acuerdo que literalmente dice:

La licenciada N.V.B., Directora interina de Planificación, mediante oficio N°74-PLA-2018 del 25 de enero de 2018, remitió el informe N°4-PP-2018 del mismo día, suscrito por el licenciado M.A.C., J...

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