Ronald Chacón: ‘La resolución no viene a representar un estímulo para la evasión’

LLEVA VIDEO: https://gruponacion.arcpublishing.com/videocenter/video/v2/#/clip/61e6d7124cedfd00016fbfbeRonald Chacón, jefe del departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), explicó las razones por las cuales considera que la resolución 2452-E10-2017, en la cual el Tribunal Supremo de Elecciones avala que los partidos políticos puedan comprobar sus gastos mediante facturas emitidas por proveedores no registrados en el Ministerio de Hacienda, no es un estímulo a la evasión de impuestos en una entrevista con La Nación, el 17 de enero pasado. En seguida un resumen:-¿Cómo el Tribunal acepta facturas de personas que no estén inscritas en Hacienda, si por ley tienen que estar inscritas?-El TSE claramente entiende la importancia de la materia tributaria. En este caso en particular, como consta en la resolución, el Tribunal claramente desarrolla el hecho de que las facturas son un medio probatorio válido aún y cuando no estén autorizadas por la administración tributaria."En este sentido es precisamente que el Tribunal ha privilegiado el hecho de que estamos ante el principio de comprobación del gasto y que podría estarse de una manera incongruente con la normativa generándose una responsabilidad al partido político y no yendo de manera con lo que establecen las mismas regulaciones de naturaleza tributaria en el sentido de que las sanciones deben recaer sobre la persona físico o jurídica que no se inscribe como contribuyente, es sobre la persona que presta el servicio, no sobre el comprador de los servicios."Ahora bien, es importantísimo que quede claro que esto no viene a representar un estímulo para la evasión, ni nada por el estilo. Al contrario, desde el 2011 el TSE traslada e informa a la Dirección General de Tributación, el listado de todos los proveedores, inscritos o no inscritos, que vienen como parte del cúmulo importante de facturas que presentan los partidos políticos ante el TSE a efectos de optar por los recursos de la contribución estatal.-La resolución es del 2017, pero a partir del 2018 comienza todo un desarrollo de la factura electrónica, ¿por qué esta resolución no se ha actualizado?"Esencialmente porque en primer lugar en lo que tiene que ver con el principio de comprobación de gasto, que es lo que compete al TSE, se mantiene, a pesar del cambio de factura timbrada a factura electrónica, la situación de que en definitiva si mediante los diferentes procedimientos que desarrolla el...

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