Acta de Consejo Superior Nº 053 - 2019, 11-06-2019

Fecha11 Junio 2019
EmisorConsejo Superior de la Corte Suprema de Costa Rica

ACTA Nº 53-19

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL. - S.J., a las nueve horas del once de junio de dos mil diecinueve.

Sesión ordinaria con asistencia de la Magistrada P.S.C., vicepresidenta, quién sustituye en este acto al presidente, Magistrado F.C.C.. De los integrantes doctor G.A.B. y máster C.M.Z. y de las integrantes máster S.C.V. y licenciada S.P.G.. Asiste también la máster A.E.R.J., D.a Ejecutiva.


ARTÍCULO I

Documento N° 6862-19

Se aprueba el acta N° 45-19 de la sesión celebrada el 28 de mayo de 2019. Se declara acuerdo firme.


ARTÍCULO II

Documento N° 15248-18 / 6802-19.

En sesión N° 43-19 celebrada el 14 de mayo del 2019, artículo LXXXIV, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

“DOCUMENTO Nº 15248-18, 5169-19

El licenciado J.Á.L., S. del Consejo de Administración del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, mediante oficio N° 11-CAN-2019 del 6 de mayo de 2019, transcribió el acuerdo tomado por el Consejo de Administración de Nicoya, en la sesión Nº 06-19, celebrada el 3 de mayo de 2019, artículo VII, que literalmente dice:

“En sesión extraordinaria N° 04-2019, del pasado veintidós de marzo de 2019, se conoció lo siguiente.

“ARTÍCULO III

El L.. J.J.Á.L., convocó a reunión extraordinaria a efectos de conocer oficio N° 373-PLA-OI-2019, el cual contiene informe denominado “plan de trabajo del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)”.

373-PLA-OI-2019

R.. SICE: 303-19

15 de marzo de 2019

L.enciada

Silvia Navarro Romanini

Secretaría General de la Corte

Estimada señora

En atención al oficio 2061-19, donde se transcribe el acuerdo tomado por el Consejo Superior, en la sesión celebrada el 22 de febrero del 2019, artículo LXV, le remito el informe suscrito por la licenciada G.R.U., J. del S. de Organización Institucional, relacionado con el plan de trabajo del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya).

Atentamente,

Dixon Li M.les, J. a.i.

Proceso Ejecución de las Operaciones

Copias:

· Administración del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste-Nicoya

· Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional

· Archivo

rap

R.. 303-19

- 0 -

15 de marzo del 2019

Ingeniero

D.L.M., J. a.i.

Proceso de Ejecución de las Operaciones

Estimado señor:

El Consejo Superior en sesión 16-19 celebrada el 22 de febrero de 2019, artículo LXV, acordó tener por rendido el informe DGH 76-2019 del 13 de febrero de 2019, presentado por la Dirección de Gestión Humana y el estudio 182-PLA-2019, de la Dirección de Planificación sobre los resultados obtenidos durante el 2018 en la implementación del modelo penal.

En el citado acuerdo, en su parte dispositiva, propiamente en el punto 3 literalmente indica:

“…3.) La Dirección de Planificación remitirá a este Consejo una nota complementaria detallando los planes remediales para Tribunales Penales de Corredores y Golfito, los cuales tendrán el reforzamiento de una sección colegiada y una J. o J. de Unipersonales respectivamente. Asimismo, en el caso del Tribunal de Juicio del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), se continuará con el plan remedial de J. en asuntos unipersonales (por un mes a partir del momento que se cuente con el recurso para atender esta labor), mientras se logra desarrollar el plan completo en Nicoya, por lo anterior la Dirección de Planificación deberá revisar este tema con respecto a las salas de juicio en el Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) y remitir a conocimiento de este órgano un informe complementaria, para autorizar el periodo restante del plan…”

Sobre lo anterior, me permito realizar las siguientes observaciones, particularmente sobre el plan de trabajo del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), con base en la información recopilada por el L.. Bryan Zumbado Loáiciga, Profesional 2 de este S..

· Observaciones sobre el Plan de Trabajo del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya)

1. Los planes de trabajo aprobados para Tribunales Penales están por un período de 6 meses, iniciando el 1 de marzo y finalizando el 30 de agosto, con las siguientes plazas en el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya):

Oficina

Jueces 4

Técnicos

F.es

Defensa

Custodios

Tribunal de Juicio de Nicoya – J.*

1

3

1

1

2

2. Según correo electrónico con fecha 1 de marzo de 2019, remitido por el L.enciado L.G.A.V., J. C. del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), quien indica que luego de realizar revisión de los expedientes pendientes de juicio, se detectan aproximadamente 41 asuntos unipersonales de la zona de J..

3. El L.enciado Heiner Campos Brenes, J. Tramitador del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya), remite por correo electrónico del 13 de marzo del 2019, el detalle de los señalamientos realizados para la atención de los juicios unipersonales en la zona de J., donde se muestran señalamientos del 18 de marzo al 7 de mayo de 2019 hasta el momento.

4. En línea con lo solicitado por el Consejo Superior, esta Dirección procede a indicar la manera de abordar el citado plan de trabajo, en aras de aprovechar al máximo el personal:

4.1. El recurso humano aprobado debe de distribuirse de la siguiente manera: el J.(a), el F.(a), el Defensor(a), dos Custodios de Detenidos y dos Técnicos(as) Judiciales (juicio y trámite) formarán un equipo de trabajo que iniciaran labores en J. y posteriormente continuarían en Nicoya. El tercer Técnico(a) Judicial, apoyaría desde un inicio en el Tribunal de Nicoya con el fin de equilibrar las cargas de trabajo.

4.2. A partir de las fechas establecidas por el Consejo Superior (1 de marzo 2019), cada oficina podrá proceder con los nombramientos de las plazas autorizadas, con la excepción de la plaza de J.(a), esta deberá ser nombrada a partir del 18 de marzo que es cuando se inicia el primer juicio en J.. Se sugiere que los nombramientos de manera general lleguen inicialmente hasta el 30 de mayo, esto considerando la cantidad de juicios que se tienen señalados, el posible ingreso de nuevos asuntos, las continuaciones pendientes y los días feriados y cierre colectivo de Semana Santa.

4.3. A partir del 1 de junio del 2019, se deberá continuar con el plan de trabajo, pero desde Nicoya atendiendo asuntos unipersonales de esta zona; para esto es necesario que la Administración Regional indique si tiene el mobiliario, equipo informático y espacio físico necesario para el desarrollo de los juicios. En caso de no disponer de los requerimientos necesarios el plan no podría continuar, por lo que la prórroga a partir del 1 de junio quedaría sujeta a lo que la Administración Regional indique.

4.4. En cuanto a las cuotas de trabajo, serán las mismas estandarizadas en todos los Tribunales Penales del país, siendo un total de 20 asuntos mensuales, considerando las sentencias y las medidas alternas dictadas.

5. La Dirección de Planificación confeccionará la matriz de indicadores que debe remitir de manera mensual y la hará de conocimiento del Tribunal, Centro de Apoyo y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional y Despacho de la Presidencia.

Quedamos a las órdenes para cualquier aclaración adicional que se desee realizar, respecto a lo aquí abordado.

Atentamente,

G.R.U., J.

S. de Organización Institucional

Informa el L.. J.J.Á.L., que considera importante comunicar lo indicado en el ítem 4.3 del referido informe, el cual establece lo siguiente. “4.3. A partir del 1 de junio del 2019, se deberá continuar con el plan de trabajo, pero desde Nicoya atendiendo asuntos unipersonales de esta zona; para esto es necesario que la Administración Regional indique si tiene el mobiliario, equipo informático y espacio físico necesario para el desarrollo de los juicios. En caso de no disponer de los requerimientos necesarios el plan no podría continuar, por lo que la prórroga a partir del 1 de junio quedaría sujeta a lo que la Administración Regional indique”.

Indica el L.. J.J.Á.L. que, para coordinar la realización de Juicios en los Tribunales de Justicia de Nicoya, por el periodo propuesto por la Dirección de Planificación que va desde del 01 de junio hasta el 30 de setiembre, no existe espacio disponible en el edificio de los Tribunales de Nicoya, ya que hay dos salas de juicio, que se distribuyen entre una sección Colegiada y otra Unipersonal del Tribunal Pernal, Juzgado Penal Juvenil, Juzgado Penal y Ministerio Público para apertura de evidencias. Diferente es la situación en el edificio alquilado para la reforma L. y Civil, porque existen tres salas de juicio, de las cuales dos son unipersonales y una colegiada, para conocer la disponibilidad de las tres salas de Juicios el L.. J.J.Á.L. conversó con el L.. A.J.G., C. del Juzgado Civil y L.. M.J.S., C. del Tribunal de Primera instancia Civil, a quienes se les propuso ceder una delas salas de juicio mientras se lleva a cabo el plan para el Tribunal Penal, el L.. J.M.J.S. en un principio consideró la posibilidad de asignarlo un día por semana, en la sala de Juicio Colegiada asignada para el Tribunal Civil de primera instancia, por su parte el L.. Alberto Juárez Gutiérrez, manifestó que estaría en condiciones de ceder una de las salas unipersonales todas las tardes durante el desarrollo del plan, pero que las gestiones y los trámites debían tener aprobación de la comisión de asuntos civiles y laborales, el L.. H.C.F., J. de Trámite del Tribunal, manifestó que consideraba viable para el Tribunal la posibilidad de contar todos los días por las tardes con una sala durante el desarrollo del plan, que con una buena coordinación pueden cumplir las cargas de trabajo asignadas por la Dirección de Planificación.

El L.. J.J.Á., indicó que si bien es cierto las salas de Juicio del Tribunal de primera instancia Civil y el Juzgado Civil, no tienen equipo de audio y...

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