Acta, 15-09-2022

Fecha15 Septiembre 2022
Número de acuerdo080-2022
Número de sentencia10631-2021 / 10622-2022
EmisorConsejo Superior de la Corte Suprema de Costa Rica

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ACTA

80-2022

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.- S.J., a las trece horas cincuenta minutos del quince de setiembre de dos mil veintidós.

Sesión ordinaria con asistencia de la P. en ejercicio, magistrada P.S.C.. De los integrantes licenciada S.P.G., el integrante suplente licenciado G.B.G. y las integrantes suplentes másteres D.Á.A. y Siria C.C.. Asiste también la máster A.E.R.J., Directora Ejecutiva.

ARTÍCULO I

Documento N° 10603-2022

Expresa la presidenta en ejercicio, magistrada S.: “Vamos a dar inicio a la sesión del Consejo Superior del Poder Judicial del 15 de septiembre, del año 2022, se trata de la sesión N° 80-2022.

En este día que estamos celebrando el 201 aniversario de nuestra independencia, quiero remitir un caluroso saludo a todas las personas funcionarias y funcionarios, a todas las personas que laboramos para el Poder Judicial. En realidad, es un honor poder conmemorar la independencia de nuestra República, es una fecha importante en el surgimiento de nuestra vida democrática, tras la independencia las y los costarricenses se organizaron políticamente y constituyeron un gobierno propio dando origen a nuestra vida republicana. La ciudadanía de aquella época se organizó políticamente y construyeron un gobierno propio, tal y como indica el Himno de la Patriótica del 15 de septiembre: supimos ser libres no siervos menguados. La independencia y la lucha que se mantuvo para alcanzar este ideal de patria debe celebrarse con orgullo y regocijo, nuestra vida republicana nació del Pacto de Concordia; cuyo bicentenario conmemoramos recientemente y es considerado el primer documento constitucional del país, pues en su contenido se plasman derechos y deberes, reconociendo la libertad civil, la propiedad y demás derechos naturales y legítimos de toda persona.

A pesar de la previsión normativa de la función judicial se requeriría de mucha historia para que la función jurisdiccional alcanzará la condición efectiva que requiere un Poder de la República, ese es el espíritu del artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1798, el cual determina que una sociedad en la que no esté establecida la garantía de los derechos y determinada la separación de los poderes carece de constitución.

El 24 de septiembre de 1824 la Asamblea Nacional Constituyente dispuso la división del estado en tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tan importante es para la democracia y el equilibrio de poderes. Esta trilogía de poderes es una división que debe convertirse en vivencia real especialmente para el poder jurisdiccional

La idea de crear un Poder Judicial se concretó constitucionalmente el 25 de enero de 1825 al establecerse en el artículo 87 de la Ley Fundamental del Estado Libre de Costa Rica, las bases del naciente poder, atribuyendo el ejercicio de una Corte Superior de Justicia integrada por magistraturas, tribunales y juzgados.

El 1 de octubre de 1826 se instaló solemnemente la primera Corte Suprema de Justicia que funcionó en sus inicios con recursos muy limitados, incluso en varias oportunidades llegó a desaparecer por falta de integrantes.

El Poder Judicial cuyo 196 aniversario estamos por conmemorar ha logrado superar esas y otras adversidades, convirtiéndose en un pilar de nuestro Estado Constitucional de Derecho y régimen democrático. Este desarrollo institucional no ha sido fácil tal y como se aprecia en las discusiones de la Constituyente del 49. En muchas ocasiones, como esta debemos recordar el legado histórico de una fecha tan importante para nuestra Patria como la que conmemoramos hoy. El Poder Judicial es parte de la arquitectura de la Democracia que aspira a un ejercicio equilibrado y racional del poder, esa es quizás una de las funciones más importantes. En una democracia plena como la nuestra; la cual se ubica entre las 20 más robustas del planeta según el Estado de la Democracia, elaborado por The Economist en 2021, se requiere un Poder Judicial independiente; que se encuentre supeditado únicamente a lo que dispone nuestra Constitución y el ordenamiento jurídico. No hay democracia sin un poder jurisdiccional que sea auténtico, protagonista en el ejercicio de la pluralidad de poderes.

Quiero aprovechar este momento para destacar el profesionalismo y el compromiso de nuestro personal judicial, son garantía para superar los nuevos desafíos que enfrentamos, su actuación nos demuestra que no hay; ni habrá situación de excepcionalidad que nos impida cumplir nuestras obligaciones constitucionales.

El Poder Judicial ha logrado importantes avances en temas de transparencia, rendición de cuentas, acceso a la información, protección de grupos vulnerables y Derechos Humanos; igualdad de género, justicia abierta, así como en la lucha contra la corrupción y el crimen organizado. Sin embargo, tenemos grandes retos y desafíos que estoy segura juntos podemos seguir construyendo un mejor Poder Judicial para superar todos los requerimientos que requiere nuestra institución.

Hoy es un día de cumpleaños de la Patria, me siento muy orgullosa de ser costarricense y creo que todas las personas de este país de igual manera, con nuestro trabajo nosotros ennoblecemos no solo la Patria, sino este Poder Judicial que es P. de la democracia”.

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Se acordó: Tomar nota de las manifestaciones realizadas por la presidenta en ejercicio, magistrada S..

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Prosigue la presidenta en ejercicio, magistrada S.: “El día de hoy es la aprobación del acta N°75- 2022 de la sesión celebrada el 1° de septiembre pasado.

Refiere la máster A.E.R.J., Directora Ejecutiva: “Tenemos algunas observaciones.

En el artículo VIII, de la integrante Á.A., se indicaba la presidenta ejercicio, magistrada S. y la integrante C.C. se abstienen de votar y no era Á.A..

En el artículo XXV era una gestión del señor A.V., sobre la necesidad del apoyo del Departamento de Trabajo Social y Psicología en la atención de aquellos procesos donde participan niñas, niños y adolescentes, lo que me preocupa un poco es que se indicaba que se tomaba en consideración que no se podrá otorgar el pago de tiempo extraordinario a los profesionales debido a limitaciones presupuestarias, no sé si en ese sentido, porque precisamente este tipo de ciencia se hacen, lo que está pidiendo es ese apoyo en tiempo extraordinario, no en horario ordinario, la mayoría es en tiempo extraordinario. Si la posición desde ya del Consejo es que no se podría pagar el tiempo extraordinario, orientarlo en el sentido que valoren cambios de jornadas, porque así es decirles de antemano que no van a poder, entonces adicionando en ese sentido, valorando alternativas en las jornadas o horarios de trabajo; en función de que no podría ser posible reconocimiento de tiempo extraordinario”.

Refiere la presidenta en ejercicio, magistrada S.: “Ante las limitaciones presupuestarias se vería dificultado el contenido presupuestario para…”.

Muy bien, entonces si no hay ninguna otra observación aprobaríamos el acta con las correcciones que se han señalado”.

Se procede a la aprobación del acta Nº 75-2022 celebrada el 1 de setiembre de 2022.

ARTÍCULO II

Documento N° 12819-2014 / 9020-2022 / 9547-2022

Se deja constancia que el acuerdo de este apartado se sacó para conocer el recurso de revisión presentado para un mejor análisis y ser conocido en una próxima sesión.

ARTÍCULO III

Documento N° 9202-2022

En sesión N° 64-2022 celebrada el 03 de agosto del 2022, artículo XIX, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

La licenciada M.S.M., Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, en correo electrónico del 28 de julio de 2022, comunicó:

“…por este medio me permito informar que el Juzgado de Familia del III Circuito Judicial ha sido víctima del hampa en dos ocasiones en este mes. Esto ha generado la sustracción de equipo de cómputo. Estimo que la situación es grave y peligrosa. Las denuncias ya han sido planteadas ante Organismo de Investigación Judicial. En consecuencia, conforme a la Ley de Control Interno, procedo a trasladar el riesgo al Consejo Superior para lo que corresponda. Considero que toda la parte de atrás de las instalaciones del Juzgado e incluso los ventanales frontales, presentan importantes fallas de seguridad que el hampa ha sabido detectar y aprovechar. Salvo mejor criterio: todos los ventanales requieren refuerzo puesto que incluso los marcos son de aluminio.

(…)

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Se acordó: Trasladar la gestión presentada por la licenciada M.S.M., Jueza del Juzgado de Familia del Tercer Circuito Judicial de San José, en correo electrónico del 28 de julio de 2022 a la Dirección Ejecutiva, para que informe a este Consejo lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.

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La máster A.E.R.J., Directora Ejecutiva, en oficio N° 2741-DE-2022 de 9 de agosto de 2022, remitió lo siguiente:

“Mediante correo electrónico del 28 de julio de 2022 de la licenciada M.S.M., jueza del Juzgado de Familia del III Circuito Judicial de San José, comunica al Consejo Superior la siguiente situación:

“…por este medio me permito informar que el Juzgado de Familia del III Circuito Judicial ha sido víctima del hampa en dos ocasiones en este mes. Esto ha generado la sustracción de equipo de cómputo. Estimo que la situación es grave y peligrosa. Las denuncias ya han sido planteadas ante Organismo de Investigación Judicial. En consecuencia, conforme a la Ley de Control Interno, procedo a trasladar el riesgo al Consejo Superior para lo que corresponda. Considero que toda la parte de atrás de las instalaciones del Juzgado e incluso los ventanales frontales, presentan importantes fallas de seguridad que el hampa ha sabido detectar y aprovechar. Salvo mejor criterio: todos los ventanales requieren refuerzo puesto que incluso los marcos son de aluminio. (…)

Al respecto el Consejo Superior, en sesión N° 64-2022 celebrada el 3 de agosto de 2022, artículo XIX, acordó:

“Se acordó: Trasladar la gestión presentada por la licenciada M.S.M.,...

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