Acta Nº 018-2021 de Corte Plena, 17-05-2021

Número de acuerdo018-2021
Número de sentencia020-705-2020
Fecha17 Mayo 2021

ARTÍCULO XIX

Documento N° 12261, 12859, 13090, 13493, 13508, 13870-2020

El magistrado A. en su condición de Coordinador de la Comisión de la Jurisdicción Laboral, en oficio 64-CJL-2020 de 23 de octubre del año en curso, manifestó:

“Para su estimable conocimiento y fines consiguientes, le transcribo el acuerdo tomado por la Comisión de la Jurisdicción Laboral del Poder Judicial, en la sesión N°3-2020 celebrada el 15 de octubre del presente año, artículo I, que dice:

“Se recibe al Lic. J.C.P.M. y el Lic. E.N.R., por su orden, Director y Subdirector de la Defensa Pública. Además, participa la Licda. P.C.D., de la Unidad de la Defensa Laboral.

El Lic. M.P., manifiesta que ha sido una preocupación de la Dirección de la Defensa Pública y de los defensores y defensoras de Asistencia Social, relacionado con los dineros por costas que se han recibido, en virtud de esta circunstancia talvez no es cuantiosa la cantidad, han realizado un análisis de estos dineros y han considerado de suma relevancia en aras de poder hacer un uso de estos recursos como lo establece la ley, se apruebe un instrumento que sirva como base normativa para su ejecución. Por lo anterior, somete a consideración de la Comisión para su evaluación y eventual aprobación la propuesta del reglamento que regula el tema de las costas.

La Licda. A.B.Y., Supervisora de la Unidad Laboral de la Defensa Pública, procede a exponer dos reglamentos:

  1. Reglamento para regular el ingreso de los dineros por costas y otros a la Unidad Laboral de la Defensa Pública.

  1. Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Unidad Laboral de la Defensa Pública.

Agrega el Lic. P.M. que, en este momento por concepto de costas, la Unidad de la Defensa Social, tiene un total de (¢115.000.000) ciento quince millones de colones. Es lo que se ha logrado en estos años que ha funcionado la Unidad de Asistencia Social, quizá no es una suma significativa desde el punto de vista de otras dependencias u oficinas, sin embargo; también tienen una importante suma de dinero en la que van a tener que ver cómo hacen el mejoramiento de esos dineros. En papel son (¢1.800.000.000) mil ochocientos millones de colones muy significativa. Esto no quiere decir que se va a lograr cobrarla al cien por ciento, pero sí hay que tomar en consideración que de esa suma el 50% pertenece al FASAC, y aun así, a pesar de ser el 50% son aproximadamente novecientos millones de colones para la Defensa Pública, por lo que hay que buscar un mecanismo de mejorar el tema del cobro. Lo que tienen en las arcas es la suma de ciento quince millones de colones.

Este reglamento es un instrumento normativo, idóneo y esencial, para poder ejecutar estos dineros. Lo que se pretende es que, la Defensa Pública atendiendo el principio de acceso a la justicia, a la virtualización y en la procura que las personas que tienen alguna condición de vulnerabilidad, se vean favorecidos, han considerado generar un proyecto, como lo explicó la Licda. B.Y., para acercar a los usuarios a las oficinas del Poder Judicial donde no tienen destacado defensores públicos de planta, y que si bien se visitan esas jurisdicciones, y si se logra contar con terminales de trabajo, las personas ubicadas en otros despachos y las personas usuarias de la asistencia social tendrán la posibilidad material de comunicarse con su abogado u abogada, para tener mayor facilidad.

Otro tema específico que les preocupa, es que existe una norma que establece que los dineros deben ser trasladados, en caso de que no se emplearan, a la Caja Única del Estado. En su momento se ha considerado que esto puede ser una amenaza que la Defensa Pública, eventualmente podría perder estos recursos. La lucha que se está dando por recobrar que las costas lleguen a las arcas de la Defensa Pública, finalmente podrían perderse.

Quisieran tener tantos recursos para tener autosuficiencia para la compra de inmuebles y recursos de otra naturaleza, pero en este momento las sumas de dinero realmente son bajas para esos efectos. Pensar acumular dineros para compra de edificio o de terreno, podría llevar años, y hay otros temas inmediatos que se pueden analizar para abordarlos.

De ahí la importancia de los proyectos que se han desarrollado, y resalta la compra de computadoras para dotar al personal de este insumo. Sin embargo, se puede replantear este tipo de proyectos a consideración de instrucción o sugerencia de esta Comisión. Por eso importancia que este reglamento sea analizado y finalmente aprobado en el seno de la Corte Suprema de Justicia.

El Lic. E.N.R., agrega que la necesidad de aprobar este reglamento es tener un marco normativo para definir que se va a hacer con esos dineros. Como dice don J.C., en esta coyuntura económica en que está el país, pareciera que es un riesgo el tratar de ahorrar como se visualizó al inicio de este tema, para ir creciendo en bienes inmuebles. Hay necesidades imperiosas como es la virtualización y la compra de equipo de cómputo.

Otro tema importante es que la Defensa Pública no es parte de F. del Poder Judicial, no se puede utilizar esta herramienta para comprar o construir, aun cuando se llegara a tener una suma importante de dinero. Se informó por parte de la Dirección Ejecutiva que, aunque fueran parte del F., el dinero que se tiene actualmente, no es un monto significativo por los costos operativos, por lo tanto, si con los ciento quince millones se entrara al F., no tiene sentido. Todos estos elementos los han hecho concluir que lo prudente de momento es dotar de un marco normativo para disponer de esos dineros y tomar decisiones para el buen servicio público que resulta necesario como la compra de equipo informático. Más adelante cuando los ingresos se normalicen y sean de una magnitud importante, a través se solicitaría a la Corte Plena, se les permita formar parte del F., para poder invertir y concretar la idea inicial.

El Mag. S. refiere que es conveniente que la Comisión apruebe estos reglamentos para trasladarlo a la Corte Plena. También es importante ir definiendo en qué se puede ir invirtiendo esos dineros. Agrega que, desde inicios de la Reforma Procesal Laboral, siempre insistió en la importancia de generar este enlace virtual. No puede ser que el defensor que está en San Carlos tenga que trasladarse una vez a la semana a Los Chiles, a Guatuso y a Upala, cuando en Los Chiles se cuenta con un edificio con toda la tecnología de primer nivel. La persona que requiera los servicios llegue y a partir de ahí, pueda el defensor atenderlo para brindar un mejor servicio. Esta Unidad de la Defensa Pública, es uno de los éxitos de la Reforma Procesal Laboral. Hace un recuento del tiempo que duraban anteriormente los procesos de las demandas, cuánto se ha aumentado la conciliación, esto ha provocado que esos asuntos no lleguen a la Sala Segunda, a los Tribunales ni a los Juzgados.

Consulta, si cuando mencionan los ciento quince millones de colones, si este monto es ya sin el porcentaje del FASAC?.

Se confirma por parte de la Defensa Pública, que efectivamente es así.

También comenta el Mag. S., que en noviembre con las capacitaciones que coordinad el Mag. O., hay un tema específico en materia de ejecución de cobro. Hay un gran interés en que los defensores y las defensoras también manejen bien ese proceso cobratorio.

El Mag. O. confirma que para el mes de noviembre está señalado capacitación con la OIT en materia de Derecho Laboral, y se está coordinando con don Á.H. sobre el tema de ejecución de crédito laboral con ocasión de convenios de la OIT y aplicando la normativa nuestra, el artículo 488 del Código de Trabajo. La Defensa Pública está cordialmente invitada.

La Mag. C. manifiesta su felicitación porque ha sido exitosa la Defensa Laboral en toda esta participación desde que inició la Reforma del Código Procesal Laboral, y se ha podido defender los derechos de las personas trabajadoras y han cumplido a cabalidad la misión y está reflejado en las resoluciones que los diferentes juzgados dictan con el acompañamiento que hacen a las personas trabajadoras. Es evidente que hay un antes y un después a partir de la Reforma. Anteriormente, los trabajadores abandonaban los procesos porque no podían mantenerse solos sin representación alguna.

Está segura de que todos los compañeros que integran esta Comisión estarán dando el apoyo e impulsando este reglamento porque es una necesidad y se pueda diligenciar en la Corte Plena para que se apruebe.

También señala que, no se puede arriesgar dinero de lo que se ha logrado, nunca esperar estos dineros lleguen a la Caja Única del Estado y que se pueda perder todo el esfuerzo que hasta el momento se ha hecho. Comparte totalmente que hay que invertir estos dineros en la misma Defensa Pública. La dotación de equipo de cómputo es fundamental para que las personas tengan las herramientas necesarias para comunicarse y estar entrelazados y evitar esas visitas de un lugar a otro por los tiempos de traslado.

En cuanto al F. está el tema de la administración y costos operativos, pero eso no quita que después de haber hecho esta inversión de la compra de equipo de cómputo, se pueda pensar si queda un remanente y más lo que estaría entrando y se pueda pensar en la adquisición de un terreno y tenerlo disponible para cuando eventualmente se pueda hacer la acción cobratoria de lo que está pendiente, y sí hay que pensar en la planta física pues es una necesidad.

Agrega el Lic. P.M., es para una precisión de las sumas de dinero:

De los ciento quince millones de colones, quince millones se componen del plan piloto que en un momento dado se desarrolló, lo menciona para hacer notar la importancia en aquella oportunidad ese proyecto se realizara y se hiciera.

Un detalle que es operativo, y es importante que oportunamente la Comisión lo valore para efectos de alguna instrucción, es que todavía algunos Tribunales al momento de remitir los dineros a la...

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