Acta Nº 034-2021 de Consejo Superior, 29-04-2021

Número de acuerdo034-2021
Número de sentencia8-2021
Fecha29 Abril 2021
EmisorConsejo Superior de la Corte Suprema de Costa Rica

ARTÍCULO LVII

Documento N° 2682-2021 / 4139-2021

En sesión extraordinaria de presupuesto N° 30-2021 celebrada el 16 abril del 2021, artículo VI, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

“En reunión de trabajo del pasado 24 de marzo, la licenciada N.V., Directora de Planificación, informó que mediante oficio N° CGTI-05-2021, del 15 de marzo 2021, la máster K.M.N., en calidad de Secretaria de la Comisión Gerencial de Tecnologías, informó sobre el acuerdo tomado por esta Comisión en la sesión extraordinaria N°b02-2021, celebrada el 16 de febrero 2021, en torno al oficio N° 339-DTI-2021 “ACTUALIZACIÓN DEL ANÁLISIS DEL LEASING COMO MODALIDAD DE INVERSIÓN EN EQUIPO DE CÓMPUTO PARA EL PODER JUDICIAL”, en el cual literalmente se indicó:

“ARTÍCULO UNICO

El Lic. J.M.Á., J.d.S. de Gestión del Servicio de la Dirección de Tecnología, presenta el oficio 339-DTI-2021 “ACTUALIZACIÓN DEL ANÁLISIS DEL LEASING COMO MODALIDAD DE INVERSIÓN EN EQUIPO DE CÓMPUTO PARA EL PODER JUDICIAL”.

Anotaciones

Comentarios

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Detalle

1

D.N. consulta, si los 8 mil millones es para la compra total de los equipos del contrato en computadoras portátiles y cuál es el criterio tecnológico de la Dirección

D.K. indica, que no se da una sugerencia en el informe, ya que el criterio se basa en el presupuesto, por lo cual el cambiar todos los equipos del nuevo contrato a computadoras portátiles es un tema estratégico por parte de la DTIC, que nos permite mantener el equipo actualizado y no tener el riesgo de obsolescencia

D.M. indica, que para responderle la pregunta puntualmente a doña N., ya sea en un contrato de alquiler o compra, técnicamente los equipos son los mismos, por lo que técnicamente no habría diferencias.

D.L. indica, que se inclina por un contrato de Leasing y 100% equipos portátiles, esto porque las condiciones financieras se facilitan con el leasing al diluirse en el presupuesto a 4 años, siendo que el soporte y mantenimiento lo asume el arrendante. Cambiar el contrato a 100% de equipo portátil, nos da un cambio de cultura a la institución y nos da mayor acceso a la virtualización.

D.W. indica, que se inclina por el alquiler y el valor de rescate de la compra no es tan real, ya que se requiere bodegaje y trámites que generan una carga administrativa considerable. Indica si se ha valorado que el cambiar todo el contrato por computadoras portátiles, va a requerir mayor licenciamiento VPN o demás para los sistemas, lo cual sería un gasto mayor

D.K. indica, que sí puede generar un aumento en el licenciamiento de VPN y VDI, pero se ha analizado que la demanda VPN en computadora personal no es el deseado porque los usuarios no tienen los requerimientos mínimos requeridos según circular, por lo cual, no se les puede asignar la licencia de VPN, por lo que se inclinan a VDI, dónde la misma le permite usar los sistemas jurisdiccionales, pero es más costoso. Además, el nuevo sistema de gestión no requeriría acceso al VPN.

D.M. indica, que sí se van a requerir más licencias, pero tener un equipo portátil con las licencias institucionales, nos va a permitir tener mayor seguridad en los equipos.

Se acordó: 1) Tener por rendido el informe del Subproceso de Gestión del Servicio de la Dirección de Tecnología, referente “ACTUALIZACIÓN DEL ANÁLISIS DEL LEASING COMO MODALIDAD DE INVERSIÓN EN EQUIPO DE CÓMPUTO PARA EL PODER JUDICIAL”. Completar el estudio para agregar el valor de rescate y costos ocultos. 2) Proponer al Consejo Superior que el nuevo contrato sea Leasing y que sea 100% portátil.

D.N., se abstiene a votar hasta no tener el detalle del aumento por mes del costo del nuevo contrato al 100% portátiles, posteriormente se remitió informe final con los datos solicitados, sin embargo, no se recibió manifestación ni a favor ni en contra de la propuesta”.

Al respecto, el Lic. M.H.S. de la Dirección de Tecnología de la Información expone e informa del alcance del estudio realizado y los escenarios correspondientes.

- 0 -

Se acordó: 1) El oficio debe de trasladarse a la Secretaria General de la Corte, para que se conozca en una sesión ordinaria de Consejo Superior. 2) La Dirección de Tecnología de la Información debe estimar el presupuesto adicional que se requiere, de acuerdo con cada escenario propuesto y remitirlo ante el Consejo Superior como información complementaria para la toma de decisiones finales. Se declara acuerdo firme.”

- 0 -

Asimismo, la licenciada K.M.N., Directora de Tecnología de la Información, en oficio N° 697-DTI-2021 de 23 de abril de 2021, remitió lo siguiente:

“En relación con el oficio 3392-2021, referente “ACTUALIZACIÓN DEL ANÁLISIS DEL LEASING COMO MODALIDAD DE INVERSIÓN EN EQUIPO DE CÓMPUTO PARA EL PODER JUDICIAL”, me permito adjuntar detalle del presupuesto adicional por cada escenario, lo anterior en el entendido que el pago anual del contrato actual es de ₡1 631 688 050,40 y contempla el escenario 1:

Escenario #1 Leasing

Escenario #2 Leasing

Escenario #3 Leasing

71% escritorio

29% portátiles

50% escritorio

50% portátiles

100% portátiles

PAGO ANUAL NUEVO CONTRATO

₡1 773 762 087,25

₡1 968 359 421,23

₡2 383 716 966,61

DIFERENCIA ANUAL SEGÚN PAGO CONTRATO ACTUAL

₡142 074 036,85

₡336 671 370,83

₡752 028 916,21

(…)”

- 0 -

Posteriormente, el licenciado J.G.M., A., Profesional Administrativo de la Unidad de Investigación y Control de la Calidad de la Dirección de Gestión Humana, trasladó el correo electrónico de 29 de abril de 2021, remitió lo siguiente:

“De conformidad con la solicitud de datos realizada y según la indicación de doña R.A.M., remito la siguiente información la cual corresponde a lo almacenado en la base de datos de la Dirección de Gestión Humana al 28 de abril de 2021.

Categorías de puestos

Cantidad de personas activas al 28 de abril de 2021 que ocupan las clases de puesto

Cantidad de plazas según la Relación de puestos

Guardas, choferes, conserjes

629

583

Investigadores, custodios de detenidos.

1805

1810

Secretarias o asistentes administrativos.

484

478

Técnicos administrativos.

306

291

Técnicos judiciales

2612

2575

Puestos profesionales

5008

4834

Total

10844

10571

La tabla anterior se compone de la siguiente información.

Categorías de puestos: contiene las categorías para el análisis de la información.

Cantidad de personas activas al 28 de abril de 2021 que ocupan las clases de puesto: Conteo de personas que ocupan a hoy los puestos para estudio.

Cantidad de plazas según la Relación de puestos: cantidad de puestos contenidos en la relación de puestos que refieren a las categorías para estudio.

Se remite tanto la cantidad de personas activas como la cantidad de plazas contenidas en la relación de puestos, ya que existe diferencia entre ambos puntos de análisis, esto producto de las sustituciones.

Quedo atento a cualquier consulta o dato adicional.

Agradezco la atención y ayuda brindadas.

- 0 -

Antecedente de interés:

En sesión No. 8-2021 celebrada el 28 de enero de 2021, artículo XXXVIII, aprobó la recomendación realizada por la Dirección de Gestión Humana, de la siguiente manera:

1.) Incorporación dentro del Programa de Teletrabajo, las siguientes clases de puestos, con excepción de las plazas relativas a enfermeras, asistentes dentales, odontólogos y médicos, debido a la particularidad de la naturaleza de sus funciones. Sin embargo, en caso de que, por alguna situación en particular se requiera que una de las plazas trabaje bajo la modalidad de teletrabajo, los interesados podrán gestionar lo que corresponda ante el Consejo Superior y se analizará cada caso en particular:

Lo anterior, toda vez que:

  • Las tareas están asociadas a objetivos claros, metas específicas y actividades.
  • Permiten la planificación, control, seguimiento y comunicación.
  • Utilizan las tecnologías de información y comunicación.
  • No afectan el normal desempeño de otros cargos.
  • No afectan la prestación del servicio que brinda la institución.

2.) Se establece un rango posible de días máximos para teletrabajo entre 1 y 4; a las clases de puestos que pueden ser consideradas para la prestación del servicio en la modalidad de teletrabajo. Esta posible frecuencia de días por semana sirve de apoyo o guía a la Jefatura de la Oficina o Despacho Judicial; en que una persona servidora judicial pueda prestar el servicio mediante la modalidad de teletrabajo.

Para la asignación de los días; las Jefaturas deben considerar entre otras variables:

  • Personas servidoras judiciales en situación de riesgo por su condición personal de salud.
  • Funcionalidad de cada despacho judicial, según materia.
  • La naturaleza del cargo y las condiciones laborales del puesto.
  • La organización del trabajo de la Oficina o Despacho Judicial.
  • La existencia de roles de trabajo.
  • La disponibilidad que demande la prestación del servicio.
  • Considerar las disposiciones sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud y las aprobadas por el Poder Judicial.
  • Distanciamiento 1,80 metros.
  • Velar porque se continúe con la prestación de los servicios.
  • Maximización de las herramientas tecnológicas.
  • Aplicación de los Protocolos de audiencias virtuales.
  • Posibilidad de ceder espacios a otras áreas de trabajo.

En casos excepcionales la Comisión de Teletrabajo podrá analizar situaciones en las que por circunstancias específicas el puesto podrá laborar hasta 5 días de teletrabajo, como por ejemplo cuando existan criterios del Programa de Adaptación al Puesto por Condición de Salud.

3.) Las siguientes clases de puestos de conformidad con lo analizado; no pueden prestar el servicio bajo la modalidad de teletrabajo.

En casos excepcionales la Comisión de Teletrabajo podrá analizar situaciones en las que por circunstancias específicas algún puesto de estas categorías deba optar por teletrabajo, como por ejemplo cuando existan criterios del Programa de Adaptación al Puesto por Condición de Salud.

4.) Por lo anterior, se estará en mayor apertura de analizar y revisar; algún caso en...

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