Acta Nº 053-2021 de Consejo Superior, 29-06-2021

Número de acuerdo053-2021
Número de sentencia96-2020
Fecha29 Junio 2021
EmisorConsejo Superior de la Corte Suprema de Costa Rica

ARTÍCULO XXIII

DOCUMENTO N° 6341, 6359, 6400, 6453-2021

En sesión Nº 36-2021 celebrada el 4 de mayo de 2021, artículo XLVII, se tomó el acuerdo que literalmente dice:

La máster M.C.C., Directora del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, mediante oficio N° 119-CACMFJ-JEF-2021 del 22 de abril del 2021, remite oficio No. 32-CACMFJ-ACM-2021, suscrito por la máster L.S.S., Jefa del Área de Coordinación y Mejoramiento, en atención al acuerdo de Consejo Superior de sesión N°109-19 celebrada el 17 de diciembre de 2019, artículo XIX, el cual literalmente dice:

“El Consejo Superior en sesión N°109-19 celebrada el 17 de diciembre de 2019, artículo XIX, dispuso:

2.) Solicitar al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, la situación actual del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste"; en razón de la existencia de presuntas irregularidades internas, denunciadas tanto por las juezas como por el personal de apoyo de ese juzgado.

Al respecto, se informa que vez comunicado dicho acuerdo el 16 de enero del 2020 mediante Oficio de la Secretaría de la Corte 316-2020, considerando que el informe se refiere a la situación del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste y tomando en cuenta que la Dirección de Planificación estaba a cargo del Modelo Penal, se consideró oportuno consultar a esa dirección si para esa fecha estaban realizando un rediseño en dicho Juzgado y efectivamente se nos informó que ese despacho estaba siendo rediseñado. Ante esta situación y con el fin de no interferir en las labores de rediseño, se consideró conveniente prorrogar la elaboración del citado informe.

Dicho rediseño fue presentado por la Dirección de Planificación al Consejo Superior mediante el informe 317-PLA-OI-2020, suscrito por la licenciada G.R.U., Jefa del Subproceso de Organización Institucional, mismo que fue aprobado por ese órgano superior en sesión N°36-2020 celebrada el 14 de mayo del 2020, artículo XV.

Como se evidencia, fue en el mes de mayo de 2020 que el Consejo Superior tuvo por rendido el rediseño de procesos del Juzgado de marras y como para todos es conocido, para el mes de abril de ese año, con motivo de la pandemia por el COVID-19, el Poder Judicial de manera inesperada tuvo que reformular su accionar, mediante disposiciones tomadas por Corte Plena para hacer frente a esa pandemia, disposiciones que llegaron hasta esta área, provocando una variación en nuestras funciones que llevaron a establecer prioridades, producto de una labor extraordinaria encomendada por Corte Plena, la cual con motivo de la pandemia, es dar seguimiento a las labores que desarrollan los despachos jurisdiccionales que atienden las materias de Tránsito, Contravencional, Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda y Agraria, para que junto con otra información aportado por la Dirección del Centro de Apoyo Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional y la Dirección de Planificación, la Corte Plena contara con insumos para la toma de decisiones, provocando ello que fuera imposible para esta área realizar durante el año 020 el informe solicitado por el Consejo Superior, por limitaciones de capacidad operativa para realizarlo.

En el presente mes se retomó nuevamente la elaboración del citado informe y con el fin de recabar información sobre ese despacho que sirviera de insumo como antecedente, nos enteramos que por disposición del Consejo Superior tomada en sesión N°67-2020, del 12 de julio de 2020, artículo XXVII, el Subproceso de Ambiente Laboral debía realizar un estudio en dicho juzgado, motivo por el cual, el pasado 13 de abril se realizó consulta a la licenciada Victoria Oviedo Soto del Subproceso de Ambiente Laboral sobre los resultados de dicho estudio y mediante correo electrónico de fecha 14 de abril de 202, indicó que a la fecha no han realizado el estudio por cuanto hay procesos disciplinarios en ese juzgado los cuales están pendientes de resolver, por lo que para ingresar al despacho deben esperar la conclusión de esos procesos, motivo por el cual, una vez más nos vemos obligados a postergar el informe de cita, ya que se considera oportuno que nuestra intervención en el despacho de cita sea posterior a la intervención del Subproceso de Ambiente Laboral.

Como puede apreciarse, a la fecha no ha sido posible para esta área llevar a cabo dicho informe, lo cual se considera necesario hacer del conocimiento del Consejo Superior.

A la vez, se aprovecha para señalar que en sesión N°24-19 celebrada el 15 de marzo del 2019, artículo XXXVI el Consejo Superior dispuso:

1.) Comunicar a la Dirección de Planificación que será el encargado en los seguimientos respectivos de los despachos que están atendiendo los planes remediales para el modelo penal. 2.) Debido a lo anterior, el Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, deberá dirigir sus recursos a la atención de planes de las demás materias.

Por lo que se solicita al Consejo Superior que con el fin de continuar respetando dicha disposición como hasta la fecha esta área lo ha hecho, se valore si la Dirección de Planificación debe ser la encomendada para realizar el informe sobre la situación actual del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, tomando en cuenta además, que ese despacho fue rediseñado por esa dirección, según consta en acuerdo del Consejo Superior tomado en sesión 36-2020 celebrada el 14 de mayo del 2020, artículo XV, citado líneas atrás.”

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En sesión N° 109-19 celebrada el 17 de diciembre de 2019, artículo XIX, de previo a resolver lo que correspondiera se solicitó a la Oficina de Ambiente Laboral informar a este Consejo, sobre el ambiente laboral actual del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, indicando expresamente si han cambiado las condiciones. Además, se solicitó al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, informará sobre la situación actual del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste.

Por otra parte, se le indicó a la máster X.L.D., Jueza Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, que hasta que no se contara con los insumos solicitados se mantendría en el cargo la licenciada A.V.H..

Luego, en sesión N° 56-2020 celebrada el 09 de junio de 2020, artículo LXX, una vez analizada la nota remitida por las licenciadas X.L.D. y K.C.C., Juezas Penales de Liberia, en correo electrónico de 29 mayo 2020, se mantuvo lo dispuesto por este Consejo Superior en sesión N° 109-19 celebrada el 17 de diciembre de 2019, artículo XIX y se solicitó de forma prioritaria a la Oficina de Ambiente Laboral que en el plazo de 15 contados a partir de la comunicación de este acuerdo, remitiera el informe que le fue ordenado por este órgano en la sesión de cita, relativo al ambiente laboral actual del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, indicando expresamente si han cambiado las condiciones.

Finalmente, en la sesión N° 67-2020 celebrada el 2 de julio del 2020, artículo XXVII, se acogió lo solicitado por la máster R.A.M., la licenciada W.H.H., en su orden, Directora interina, Subdirectora interina de Gestión Humana y la licenciada K.M.S.S., Jefa de Ambiente Laboral, mediante oficio N° PJ-DGH-ALAB-86-2020 del 22 de junio de 2020, y postergar la atención del clima laboral del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste; hasta tanto las supuestas irregularidades exhibidas sean atendidas por las instancias correspondientes.

Analizado el oficio N° 119-CACMFJ-JEF-2021 del 22 de abril del 2021, suscrito por la máster M.C.C., Directora del Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, en el que hace de conocimiento el oficio N° 32-CACMFJ-ACM-2021, suscrito por la máster L.S.S., Jefa del Área de Coordinación y Mejoramiento, se acordó: 1.) Hacer un llamado de atención al Centro de Apoyo, Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional, por no dar respuesta a lo requerido por este Consejo Superior en sesión N° 109-19 celebrada el 17 de diciembre de 2019, artículo XIX, tomando en cuenta que lo ordenado por este Consejo data del año 2019. 2.) En razón que el informe que este Consejo Superior ordenó realizar no se trata de un tema de rediseño, sino que lo que se requiere es un análisis situacional del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, ordenar al Centro de Apoyo Coordinación y Mejoramiento de la Función Jurisdiccional que, en el plazo improrrogable de un mes, contado a partir de la comunicación de este acuerdo, cumpla con lo ordenado por este Consejo en sesión N° 109-19 celebrada el 17 de diciembre de 2019, artículo XIX, a fin de contar con los insumos necesarios para tomar una decisión con respecto a la situación del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste. 3.) Solicitar a la Sección de Ambiente Laboral, que remita a este Consejo en el plazo de un mes contado a partir de la comunicación de este acuerdo, el informe lo solicitado en sesión N° 67-2020, del 12 de julio de 2020, artículo XXVII, de acuerdo a los protocolos estipulados en los casos en que hay procesos disciplinarios, a fin de contar con esos insumos para tomar una decisión con respecto a la situación del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste.

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Los suscritos V.C.N., K.A..S., L.D.H.C. y L.V..V., del Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, en nota del 15 de junio de 2021, comunicaron:

“…Hemos decidido contextualizar las acciones que se denuncian para facilitar su comprensión. El juzgado penal de Liberia, es un despacho judicial que arrastra de vieja data un mal ambiente laboral, fuimos intervenidos por la oficina de Ambiente Laboral, aproximadamente en el año 2018 o antes cuando la Lic.Xinia L.D. era la juez coordinadora del juzgado. En ese entonces el personal subalterno tenía buena 'elación con ella. Sin embargo, dentro de las...

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