Acuerdo 2, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria N° 172 AUTORIZACIÓN DE CONSULTA A LA CIUDADANÍA

Fecha de publicación04 Septiembre 2019
Número de registroIN2019373622
EmisorRégimen Municipal

Acuerdo 2, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria N° 172

AUTORIZACIÓN DE CONSULTA A LA CIUDADANÍA

14 de agosto de 2019.

DSM-4863-2019

Ingeniero

Johnny Araya Monge

Alcalde de San José

Para su conocimiento y fines consiguientes, me permito transcribir el Acuerdo 2, Artículo IV, de la Sesión Ordinaria N°. 172, celebrada por el Concejo Municipal del Cantón Central de San José, el 13 de agosto del año dos mil diecinueve, que a la letra dice:

Por UNANIMIDAD para la dispensa, fondo y aprobación definitiva, se aprueba moción presentada. Se acuerda:

“Acójase y apruébese moción suscrita por el Señor Alcalde Araya Monge, que dice:

Autorizar a que la Administración Municipal, inicie el proceso de consulta a la Ciudadanía que derive en la valoración y recomendación Técnico-Profesional para las reformas de los “Reglamentos de Desarrollo Urbano del Cantón de San José”.

Considerando:

1º—Que la Municipalidad de San José, en calidad de Gobierno Local, rector y promotor del desarrollo del Cantón, promulgó desde 1995 el Plan Director Urbano de San José, cuyo contenido se compone, por un lado, de los Programas y Proyectos de Actuación Urbanística y por el otro, de los Reglamentos de Desarrollo Urbano, que apoyen esta actuación municipal.

2º—Que, siendo el Plan Director Urbano, junto con sus Programas y Reglamentos, una herramienta de planificación urbana a largo y mediano plazo, donde se involucran muchos actores, así como sus resultados dependen de la dinámica muy cambiante del desarrollo cantonal, regional y nacional; esta Municipalidad ha realizado a la fecha varias evaluaciones y actualizaciones de los contenidos de estos documentos, del siguiente modo:

a. En lo que corresponde al documento de planificación municipal a largo plazo (20-25 años), que es el Plan Director Urbano (PDU) de 1995, su contenido está en proceso de actualización, con miras al año 2035, que se hace a partir de los resultados de la “Iniciativa de Ciudades Emergentes y Sostenibles” (ICES), desarrollada entre los consultores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y los funcionarios de esta Municipalidad, de otros municipios y de las instituciones centrales, y que se denomina como: “Plan de Acción. San José Capital: de la Acción Local a la Sostenibilidad Metropolitana”.

b. En lo que corresponde a los documentos de planificación municipal a mediano plazo (4-8 años), estos son dos. –Plan de Desarrollo Municipal (PDM) y Reglamentos de Desarrollo Urbano (RDU)-, donde la situación es la siguiente:

- Plan de Desarrollo Municipal (PDM). Este documento contiene los programas de actuación municipal en las áreas de infraestructura y servicios, desarrollo socio-económico, cultura, ambiente e institucionalidad, entre otros; se formula a partir del Plan de Gobierno del Alcalde electo y -en lo que respecta a los temas urbanísticos-, a la luz de los programas generales del Plan Director Urbano. En este momento se está trabajando en la formulación del Plan Desarrollo Municipal (PDM) 2017-2020.

- Reglamentos de Desarrollo Urbano (RDU) del Cantón de San José. Este documento acompaña al Plan Director Urbano (PDU) y al Plan de Desarrollo Municipal (PDM), en lo que corresponde a las normas de desarrollo urbano que son --a diferencia de las recomendaciones, lineamientos y programas de los anteriores dos instrumentos--, obligatorias para su cumplimiento por parte de todos los actores urbanos. Contiene, principalmente, los mapas y los reglamentos conexos, que permiten normar el desarrollo urbano del cantón en los temas de competencia municipal: urbanización, construcción, paisaje, etc. Las primeras reglamentaciones de este tipo la Municipalidad las puso en práctica en enero de 1995, con reformas parciales y...

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