Acuerdo N° 230-2019 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación30 Septiembre 2019
Número de registroIN2019386551
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

230-2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 006-2016 de fecha 10 de febrero de 2016, publicado en el Alcance número 64 al Diario Oficial La Gaceta número 80 del 27 de abril de 2016; modificado por el Informe número 39-2017 de fecha 30 de marzo de 2017, emitido por Procomer; a la empresa Vertiv Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-704564, se le otorgaron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, como empresa de servicios, de conformidad con el artículo 17 inciso c) de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 24 de mayo, 29 de julio, 01, 20 y 21 de agosto de 2019, ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante Procomer, la empresa Vertiv Costa Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-704564, solicitó la renuncia al Régimen de Zonas Francas.

III.—Que de conformidad con los artículos 53 ter y 53 quáter del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe verificar que la empresa que pretende renunciar haya cumplido con los requisitos correspondientes, así como también con las demás obligaciones previstas en la Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que la instancia interna de la Administración de Procomer, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Vertiv Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-704564, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de Procomer...

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