Acuerdo N° 031-MOPT

Fecha de publicación26 Mayo 2020
Número de registroIN2020459069
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

N° 031-MOPT

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley N° 9791 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2020 y en el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1º—Que en el marco del Seguimiento de la Secretaría de Integración Económica, SIECA, en su carácter de Secretaría Técnica del Consejo Sectorial de Ministros de Transportes de Centroamérica (COMITRAN), se convoca a la Cuadragésima Cuarta (XLIV) Reunión Ordinaria del Consejo.

2º—Que según el Artículo 46 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), en caso de que al Ministro no le sea posible asistir a esta reunión deberá delegar esta participación exclusivamente en un Viceministro.

3º—Que conforme al Artículo Octavo, de la sesión ordinaria número 89 del Consejo de Gobierno, comunicado mediante CERT-022-2020, fue autorizada la participación del señor Olman Elizondo Morales. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Olman Elizondo Morales, Viceministro de Infraestructura, cédula de identidad número 202150007, para que participe en la XLIV Reunión Ordinaria del Consejo Sectorial de Ministros de Transportes de Centroamérica (COMITRAN), la cual se llevará a cabo en Tegucigalpa, Honduras, el 18 de febrero de 2020.

Artículo 2º—Los gastos por alimentación, hospedaje y boleto aéreo serán cubiertos en su totalidad por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, JICA.

Artículo 3º—De conformidad con el punto 4 del Código de Ética de los jerarcas del Poder Ejecutivo e Instituciones Autónomas, se remitirá un informe puntual sobre el resultado de esta reunión a la Asamblea Legislativa y al Consejo de Gobierno.

Artículo 4º—Que durante los días que se autoriza la participación del Sr. Olman Elizondo Morales en dicha Reunión devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—Rige a partir del 17 al 19 de febrero de 2020.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los 11 días del mes de febrero de 2020.

Rodolfo Méndez Mata, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 4600035669.—Solicitud N° 030-2020.— ( IN2020459069 ).

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