Acuerdo N° 058 - MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Fecha de publicación27 Mayo 2022
Número de registroIN2022646558
EmisorY TRANSPORTES

N° 058 - MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Conforme a las facultades conferidas en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política y en los artículos 10, inciso I y 143 de la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, y artículo 145 de la Ley General de Administración Pública No. 6227 del 2 de mayo de 1978, y sus reformas.

ACUERDAN

Artículo 1ºImpartir su aprobación a lo actuado por el Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo décimo segundo de la sesión ordinaria No. 91-2021 celebrada por el Consejo Técnico de Aviación Civil el 06 de diciembre de 2021; mediante la que se aprobó la resolución No. 199-2021 donde se otorga a la compañía Avianca Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-003019, representada por la señora María Gabriela Alfaro Mata, en calidad de apoderada especial, la ampliación al certificado de explotación con el objetivo de brindar los servicios de vuelos regulares y no regulares en la ruta San José, Costa Rica – México y viceversa.

Artículo 2ºOtorgar la ampliación hasta el 6 de julio de 2035, fecha de la vigencia del certificado de explotación, otorgado según resolución número 128-2020 del 6 de julio de 2020.

Artículo 3ºRige a partir de las 19:16 horas del 6 de diciembre de dos mil veintiuno.

Dado en la Presidencia de las República.—San José, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil veintidós.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez Mata.—1 vez.—O. C. N° 3942.—Solicitud N° 70.2022.—( IN2022646558).

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