Acuerdo DM-MGG-2900-2019 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE SALUD

Fecha de publicación18 Septiembre 2019
Número de registroIN2019381450
EmisorMINISTERIO DE SALUD

DM-MGG-2900-2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 de la Constitución Política; 28 inciso 2 literal b) de la Ley N° 6227 de 2 mayo de 1978, “Ley General de la Administración Pública”; 1 y 2 de la Ley N° 5395 de 30 de octubre de 1973, “Ley General de Salud

Considerando:

1º—Que los días 22 y 30 de junio de 2019, la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), estará realizando las actividades “Día Mundial / Nacional del Refugiado”.

2º—Que el objetivo de las actividades es la sensibilización sobre la situación de las personas refugiadas.

3º—Que las actividades buscan resaltar los aportes de esta población al país.

4º—Que la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), ha solicitado al Ministerio de Salud se declare de Interés Público y Nacional el Día Mundial / Nacional del Refugiado. Por tanto,

ACUERDAN:

DECLARAR DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL LAS ACTIVIDADES “DÍA MUNDIAL/ NACIONAL

DEL REFUGIADO”

Artículo 1º—Declárese de interés Público y Nacional las actividades “Dia Mundial / Nacional del Refugiado”, organizado por la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), a celebrarse en nuestro país el 22 de junio en la ciudad de San José y el 30 de junio en Upala.

Artículo 2º—Las dependencias del Sector Público y del Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, podrán contribuir con recursos económicos, en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, para la exitosa realización de las actividades indicadas.

Artículo 3º—El presente acuerdo no otorga beneficios fiscales, tales como exoneraciones o cualquier otro beneficio fiscal, tal y como lo establece el artículo 5 del Decreto Ejecutivo N° 40540-H del 1 de agosto de 2017.

Artículo 4º—Rige a partir de su firma.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los tres días del mes de junio del dos mil diecinueve.

CARLOS ALVARADO QUESADA.—El Ministro de Salud, Daniel Salas Peraza.—1 vez.—O.C. N° 4600021801.—Solicitud N° 161901.—( IN2019381450 ).

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