Acuerdo N° 00001963 - LA DEFENSORA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA (IN2015082777)

Número de registroIN2015082777
Fecha de publicación07 Diciembre 2015

N° 00001963

LA DEFENSORA DE LOS HABITANTES DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en los artículos 1, 2 y 3 de la Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República, Ley N° 7319 del 17 de noviembre de 1992; los artículos 1, 3, 8, 9 incisos a), d) y e), 21 y 24 del Reglamento a dicha Ley, Decreto Ejecutivo N° 22266-J del 16 de julio de 1993; los artículos 3, 4, 5 inciso f) y 32 del Estatuto Autónomo de Organización de la Defensoría de los Habitantes de la República, Acuerdo N° 528-DH del 11 de mayo de 2001; y los artículos 101, 102 incisos a), b), d) y 105 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978;

Considerando:

I.—Que el ordenamiento jurídico costarricense otorga a los jerarcas de los entes y órganos públicos amplios poderes de dirección y control respecto a la gestión institucional, y los faculta para adoptar las medidas que consideren necesarias con el propósito de garantizar que la prestación del servicio público encomendado se brinde bajo los más altos parámetros de eficiencia y eficacia.

II.—Que en diversas ocasiones la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ha establecido la postura de que las dependencias de la Administración cuentan con la posibilidad de organizar la forma de prestación del servicio público que les ha sido encomendado, siempre y cuando no resulte irracional ni implique una lesión a los derechos de los administrados. (En este sentido, resoluciones de la Sala Constitucional N° 2006-007621 del 26 de mayo de 2006, 2008-008943 del 29 de mayo de 2008, y 2009-011989).

III.—Que la Defensoría de los Habitantes cuenta con seis Oficinas Regionales, siendo que en la Oficina Regional Chorotega actualmente laboran tres funcionarios, a saber, un coordinador y dos profesionales de admisibilidad.

IV.—Que la Defensoría de los Habitantes ha comprobado el incremento de las solicitudes de intervención planteadas ante las Oficinas Regionales y la necesidad de dotarlas de mayor recurso humano.

V.—Que particularmente la Oficina Regional Chorotega es una de las dos Oficinas Regionales que mayor cantidad de solicitudes de intervención recibe, tal y como consta en la información extraída del sistema informático institucional donde se registra la gestión de defensa. En efecto, en el trienio 2012-2014, en esta oficina se recibieron un total de 10364 solicitudes de intervención (SI), ocupando el segundo lugar entre las 6 oficinas regionales por encima de la Oficina Regional Norte, tercera con 8303 SI, y sólo...

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