Acuerdo N° 0042-2023 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación08 Mayo 2023
Número de registroIN2023751474
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0042-2023

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25 inciso l, 27 inciso I y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 346-2019 de fecha 16 de diciembre de 2019, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 114 del 18 de mayo del 2020; modificado por el Informe número 51-2020 de fecha 27 de febrero de 2020, emitido por PROCOMER; por el Informe número 77-2020 de fecha 03 de abril del 2020, emitido por PROCOMER; por el Informe número 113-2020 de fecha 14 de mayo de 2020, emitido por PROCOMER; y por el Informe número 166I 2020 de fecha 1 1 de agosto de 2020, emitido por PROCOMER; a la empresa H.B. Fuller Latin America Shared Services Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-572422, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto con el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 23 de setiembre, 28 de octubre, 01, 02, 09 y 11 de noviembre de 2022, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa H.B. Fuller Latin America Shared Services Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-572422, solicitó, al amparo de los artículos 7 y 52 del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, una ampliación del plazo para completar la inversión nueva inicial y la inversión mínima total, aduciendo lo siguiente: “Debido a la situación del COVID la compañía a nivel global tenía mucha incertidumbre, por lo tanto, decidieron congelar los proyectos relacionados con la compra de activos fijos, en el segundo año, se presentó el plan de inversión, el cual debido la anterior situación no fue...

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