Acuerdo N° 0083-2022 EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Fecha de publicación | 12 Julio 2022 |
Número de registro | IN2022660017 |
Emisor | MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR |
N° 0083-2022
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley 9926, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 2 de diciembre de 2020, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2021 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que la señora Isabel Jiménez González, portadora de la cédula de identidad N° 2-0600-0855, fue nombrada como Delegado ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos con sede en París, Francia, mediante oficio DVI-00011-2015 del 29 de enero de 2015 suscrito por el entonces Viceministro de Comercio Exterior.
II.—Que mediante oficio DGCE-MEM-ENV-0024-2022 la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior notificó a la señora Isabel Jiménez González el cese de sus funciones como Negociadora Comercial en la Delegación Permanente de Costa Rica ante la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos a partir del 30 de abril de 2022.
III.—Que mediante oficio DM-MEM-ENV-0024-2022 el Ministro de Comercio Exterior instruye al Departamento de Recursos Humanos a realizar los trámites pertinentes para la repatriación de la señora Isabel Jiménez González.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Isabel Jiménez González, portadora la cédula de identidad N° 2-0600-0855, Negociadora Comercial destacada en la Delegación Permanente de Costa Rica ante la OCDE en París, Francia, para trasladarse de dicha ciudad a San José, Costa Rica el 4 de mayo de 2022, a efecto de concretar su proceso de repatriación con motivo de la separación de su cargo.
Artículo 2°—Los gastos de la señora Isabel Jiménez González, por concepto de boleto aéreo, impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y alimentación, sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos de la Delegación Permanente de Costa Rica ante la OCDE en París, Francia.
Artículo 3°—Rige a partir del 4 de mayo de 2022.
San José, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil veintidós.
Andrés Valenciano Yamuni, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. N° SG-000030-22.—Solicitud N°...
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