Acuerdo N° 012-MOPT EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Fecha de publicación29 Julio 2021
Número de registroIN2021568545
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

012-MOPT

EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Con fundamento en lo dispuesto en la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública, Ley 9411 del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2021, la Ley 6362 y el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.

Considerando:

1ºQue la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), ha planificado realizar reuniones de trabajo según lo acordado en la CV Reunión Ordinaria del Directorio, mismas que se celebrarán en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, los días 26 y 27 de julio del 2021.

2ºQue en el marco de cooperación técnica que existe entre la República de Costa Rica y la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), se ha propuesto la participación del licenciado Nelson Soto Corrales, en condiciones de Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítimo Portuaria y Director Alterno de la COCATRAM.

3ºQue para Costa Rica reviste de relevancia la participación del licenciado Nelson Soto Corrales para la toma de decisiones. Por Tanto,

ACUERDA:

Artículo 1ºAutorizar al licenciado Nelson Soto Corrales, portador de la cédula de identidad 1-0884-0343, en condiciones de Director de la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítimo Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y Director Alterno de la COCATRAM, para que participe en las reuniones acordadas según la CV Reunión Ordinaria del Directorio, mismas que se llevarán a cabo los días 26 y 27 de julio del 2021, en la ciudad de Managua, República de Nicaragua.

Artículo 2ºLos gastos de transporte aéreo, alimentación, hospedaje e imprevistos serán asumidos con fondos administrados por la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo (COCATRAM), por lo que no se requiere pago alguno a cargo del presupuesto de este Ministerio por esos conceptos.

Artículo 3ºQue durante los días en que se autoriza la participación del licenciado Soto Corrales, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4ºRige a partir del 25 al 28 de julio del 2021.

Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a los catorce días del mes de julio del 2021.

Rodolfo Méndez Mata, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. 4600048773.—Solicitud 024-2021.—( IN2021568545 ).

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