Acuerdo Nº 0177-MOPT EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Fecha de publicación14 Septiembre 2022
Número de registroIN2022674440
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 0177-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

De conformidad con los incisos 1) y 20) del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política, el artículo 27 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas. y los incisos a), b), c) y d) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil Nº 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante el artículo 2 de la Ley General de Aviación Civil NO 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, se creó el Consejo Técnico de Aviación Civil.

2ºQue de conformidad con el artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil, el Consejo Técnico de Aviación Civil se encuentra conformado por siete miembros, según el siguiente detalle:

a) El Ministro de Obras Públicas y Transportes o su representante, quien lo presidirá.

b) Cuatro miembros nombrados por el Poder Ejecutivo, de los cuales uno será un abogado, otro será un ingeniero, otro será un economista o administrador de negocios y el otro será un técnico o profesional aeronáutico. Para ser nombrados, todos deberán contar con experiencia y conocimientos comprobados en aviación civil o la Administración Pública.

c) Un representante del sector privado, nombrado por el Poder Ejecutivo de una terna propuesta por la Unión de Cámaras.

d) El Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de Turismo o su representante.

Los miembros del Consejo permanecerán en sus cargos cuatro años y podrán ser reelegidos por períodos sucesivos de igual duración.

3ºQue los representantes del Poder Ejecutivo y representantes del sector privado, para cumplir con el inciso b), c) y d) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil son los siguientes:

Danielle Jenkins Bolaños, Rep. Estado Abogado

Mauricio Campos Carrión, Rep. Estado Economista

José María Vargas Callejas, Rep. Estado Profesional Aeronáutica

Napoleón Murillo García, Rep. Estado Ingeniero

Marcos Castillo Masis, Rep. UCCAEP

William Rodríguez López, Ministro de Turismo

4ºQue de conformidad con el inciso a) del artículo 5 de la ley supracitada, el Ministro de Obras Públicas y Transportes tiene la competencia para delegar en su representante en el cargo de Presidente del Consejo Técnico de Aviación Civil.

5ºQue el Ministro de Obras Públicas, dentro del marco legal citado, mediante oficio DM2022-3329 del 20 de julio de 2022, nombró como a su representante del Consejo Técnico de Aviación Civil a la Ingeniera Allison Aymerich Pérez. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1ºNombrar a la señora Allison Aymerich Pérez, cédula de identidad número 1-1622-0842, mayor, soltera, Ingeniera Civil, vecina de Goicoechea, San José, Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes como representante del Ministerio de Obras Públicas, para que ejerza la Presidencia del Consejo Técnico de Aviación Civil, de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 5 de la Ley General de Aviación Civil.

Artículo 2ºNombrar a la señora Danielle Jenkins Bolaños, cédula de identidad número 90116-0309, mayor,...

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