Acuerdo N° 021-2019 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación24 Abril 2019
Número de registroIN2019332234
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

021-2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo 662-2015 de fecha 22 de diciembre de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 43 al Alcance Digital 31 del 02 de marzo de 2016; modificado por el Informe número 38-2016 de fecha 04 de marzo de 2016, emitido por la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER; por el Informe número 126-2016 de fecha 03 de octubre de 2016, emitido por PROCOMER; y por el Informe número 42-2017 de fecha 17 de abril de 2017, emitido por PROCOMER; a la empresa Three M Global Service Center Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-697490, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por el artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, como empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados el 29 de enero y 01 de febrero del 2019, en la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER, la empresa Three M Global Service Center Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-697490, solicitó la ampliación de la actividad.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de PROCOMER en la sesión 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Three M Global Service Center Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-697490, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER 27-2019, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor...

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