Acuerdo N° 0235-2023 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación10 Octubre 2023
Número de registroIN2023816496
EmisorMINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0235-2023

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25 inciso 1, 27 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley número 7210, sus reformas y su Reglamento, mediante Acuerdo Ejecutivo número 133-2021 de fecha 22 de diciembre de 2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 50 del 15 de marzo de 2022, a la empresa Three M Global Service Center Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-697490, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley número 7210 del 23 de noviembre de 1990 y su Reglamento, bajo la categoría de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 06 de marzo, 05 y 19 de julio de 2023, la empresa Three M Global Service Center Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-697490, solicitó la disminución del nivel de empleo, señalando que “(…) producto de un cambio de modelo de negocio a nivel global se generó un Spin-off de la unidad de negocios llamada Health Care, lo que da como resultado a la compañía SpinCo, con la denominación Three M Healthcare Service Center S.R.L cédula jurídica 3-102-870968; cuya compañía operará en nuestro país y se dedicará a la tecnología del cuidado de la salud (…)”, así como también la disminución del nivel de inversión, aduciendo que se ha migrado a un esquema de trabajo híbrido pero primordialmente remoto, lo que implica la necesidad de disminuir el espacio físico y consiguientemente dar de baja tanto mejoras a la propiedad como mobiliario y equipo de oficina.

III.—Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión No. 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Three M Global Service Center Costa Rica Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-697490, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la...

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