Acuerdo N° 0389-2015 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación21 Enero 2016
Número de registroIN2016002511
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 0389-2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 430-2011 de fecha 23 de noviembre de 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 14 del 19 de enero de 2012; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N° 056-2012 de fecha 28 de febrero de 2012, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 220 del 14 de noviembre de 2012; por el Acuerdo Ejecutivo N° 271-2013 de fecha 03 de octubre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 233 del 03 de diciembre de 2013; por el Acuerdo Ejecutivo N° 415-2013 de fecha 27 de noviembre de 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 13 del 20 de enero de 2014; por el Acuerdo Ejecutivo N° 224-2014 de fecha 17 de octubre de 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 239 del 11 de diciembre de 2014; y por el Informe Nº 99-2015 de fecha 20 de julio de 2015, emitido por PROCOMER; a la empresa Chiquita Tropical Ingredients S. A., cédula jurídica Nº 3-101-103005, se le concedieron nuevamente los beneficios e incentivos contemplados por el artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, sus reformas y Reglamento, bajo las categorías de industria procesadora de exportación, de empresa comercial de exportación, y de empresa de servicios, de conformidad con lo dispuesto en los incisos a), b) y c) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 24 y 25 de agosto de 2015, en la Gerencia de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Chiquita Tropical Ingredients S. A., cédula jurídica Nº 3-101-103005, solicitó la disminución del nivel de empleo, aduciendo como factores que la producción bananera costarricense se encuentra estancada y con tendencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR