Acuerdo N° 043-2021 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Fecha de publicación08 Junio 2021
Número de registroIN2021555740
EmisorMINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 043-2021

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 50, 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero y 28 párrafo segundo inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 001-2018 de fecha 09 de enero de 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 39 del 01 de marzo de 2018, a la empresa Fratelli Renzi Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-749207, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por el artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento, clasificándola como empresa de servicios, de conformidad con el artículo 17 inciso c) de la citada Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 08 de junio, 30 de setiembre, 24 de noviembre, 08, 09 y 17 de diciembre de 2020, y 16 de febrero de 2021, ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Fratelli Renzi Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-749207, solicitó la renuncia al Régimen de Zonas Francas.

III.—Que de conformidad con los artículos 53 ter y 53 quáter del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, PROCOMER debe verificar que la empresa que pretende renunciar haya cumplido con los requisitos correspondientes, así como también con las demás obligaciones previstas en la Ley Nº 7210 y su Reglamento.

IV.—Que la Instancia Interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión Nº 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Fratelli Renzi Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-749207, y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el Informe Nº 52-2021 de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva aceptación de la renuncia, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210 y su Reglamento.

V.—Que la empresa Fratelli Renzi Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-7...

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