Acuerdo Nº 05-2018-MINAE EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Fecha de publicación24 Abril 2018
Número de registroIN2018235157
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Nº 05-2018-MINAE

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

En uso de las facultades del artículo 50 de la Constitución Política, los artículos , 11, 28 inciso a), 59, 98, 102 inciso a), 120 y 124 de la Ley General de la Administración Pública, Nº 6227, del 02 de mayo de 1978, la Ley de Conversión del Ministerio de Industria, Energía y Minas (MIEM) en Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas (MIRENEM), Nº 7152 del 05 de junio de 1990; Ley de Conservación de la Vida Silvestre, Nº 7317 del 30 de octubre de 1992; la Ley Orgánica del Ambiente, Nº 7554 del 04 de octubre de 1995; la Ley de Biodiversidad, Nº 7788 del 30 de abril de 1998, y la Ley de Ratificación de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, Nº 5605 del 30 de octubre de 1974.

Considerando:

I.—Que el artículo 50 de la Constitución Política reconoce el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, siendo que este derecho incluye la conservación, uso y manejo sostenible de la vida silvestre como un elemento de la biodiversidad.

II.—Que el Estado es el responsable de la conservación y uso sostenible de la vida silvestre, debiendo cumplir las competencias que le otorga el ordenamiento jurídico vigente, y garantizando que el criterio técnico y científico sea el fundamento para la toma de decisiones.

III.—Que el artículo 22 de la Ley de Biodiversidad, crea el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, con personería jurídica instrumental, como un sistema de gestión y coordinación institucional desconcentrado y participativo que integra las competencias en materia forestal, vida silvestre, y áreas protegidas, con el fin de dictar políticas, planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sostenibilidad en el manejo de los recursos naturales de Costa Rica.

IV.—Que en Costa Rica habitan dos especies de crocodilianos: el cocodrilo, cuyo nombre científico es Crocodylus acutus; y el caimán, guajipal, cuyo nombre científico es Caiman crocodilus. En promedio los tamaños de individuos grandes observados comúnmente, oscilan entre los 3 y los 4 metros de longitud, que pueden llegar a pesar entre 250 y 300 kilogramos, lo que lo hace un reptil de grandes dimensiones. Los crocodilianos habitan a lo largo de las costas del Caribe y Pacífico de nuestro país, así como en la Zona Norte, tanto en el Río San Juan como sus afluentes. Esta especie prefiere principalmente los ríos caudalosos, estuarios y meandros. El caimán o guajipal es más pequeño,...

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